Respuesta breve: si has sufrido una lesión en una obra en Los Ángeles o en cualquier otro lugar de California, es casi seguro que tienes derecho a una indemnización por accidente laboral, y es posible que también puedas interponer una demanda por daños y perjuicios independiente contra alguien distinto de tu empleador: el contratista general, otro subcontratista, el propietario del inmueble o la empresa fabricante del andamio, la plataforma elevadora, la sierra o la grúa que falló. La indemnización por accidente laboral cubre la asistencia médica y una parte del salario, independientemente de quién haya sido el responsable. La demanda contra terceros es la que permite obtener una indemnización por daños y perjuicios, la pérdida total de ingresos y el coste real de una lesión grave. A la mayoría de los trabajadores de la construcción lesionados nunca se les informa de que existe esta segunda vía. Es lo primero que buscamos.
Consulta gratuita, en inglés y español: (888) 772-2529. Las reclamaciones por accidentes laborales se gestionan internamente. No se cobran honorarios de abogado a menos que se obtenga una indemnización.
Accidentes de construcción en Los Ángeles y en toda California
Los Ángeles se encuentra en pleno ciclo de construcción, uno de los más importantes de su historia: proyectos de rascacielos y de uso mixto en el centro y en el Westside, ampliaciones de la red ferroviaria de Metro, la modernización del aeropuerto LAX, obras relacionadas con estadios y los Juegos Olímpicos, y miles de reformas residenciales cada mes. En cada una de estas obras trabajan varias empresas al mismo tiempo, lo que supone precisamente la situación en la que el atajo de una empresa provoca lesiones a un trabajador de otra. Lo mismo ocurre en los puertos, en el corredor de almacenes del Inland Empire, en el Valle Central y en proyectos de obras públicas en todo el estado. Abdi & Associates ayuda a los trabajadores de la construcción lesionados en toda California, gestionando directamente la indemnización por accidente laboral y evaluando las reclamaciones por lesiones frente a terceros para cada cliente.
Las dos reclamaciones: la indemnización por accidente laboral y la demanda contra terceros
La legislación de California cierra una puerta y abre otra. Según los artículos 3600 y 3602 del Código Laboral, la indemnización por accidente de trabajo suele ser la única vía de recurso frente a tu propio empresario, incluso cuando este haya actuado con negligencia. Sin embargo, el artículo 3852 del Código Laboral te reserva el derecho a demandar a cualquier otra persona o empresa cuya negligencia haya provocado la lesión. En una obra de construcción, esa lista es larga:
- Los contratistas generales y los directores de obra que se encargaban de la obra y de su programa de seguridad
- Otros subcontratistas: el electricista cuyo cableado bajo tensión te dio una descarga, el equipo de la grúa que dejó caer una carga, el carpintero que dejó sin tapar un hueco en el suelo
- Propietarios y promotores inmobiliarios que tenían conocimiento de un riesgo en el terreno y no lo comunicaron
- Fabricantes de equipos y productos cuando un andamio, una plataforma elevadora, una escalera, una pistola de clavos, una sierra, un arnés o un componente de grúa presentaba un defecto
- Los ingenieros y arquitectos cuando un diseño o un plan de apuntalamiento presentaba fallos
- Conductores que atropellan a trabajadores dentro o cerca de una zona de obras
Ambas reclamaciones suelen desarrollarse al mismo tiempo y se influyen mutuamente. La aseguradora de accidentes de trabajo que te ha pagado las prestaciones tiene un derecho de retención sobre cualquier indemnización obtenida de terceros y puede reclamar una compensación contra futuras prestaciones (artículos 3856 y 3861 del Código Laboral). Si llegas a un acuerdo sobre una de las reclamaciones sin tener en cuenta la otra, podrías devolver dinero que deberías haber conservado. La coordinación de ambas reclamaciones constituye una parte importante del trabajo de un abogado especializado en accidentes de la construcción. Nuestra página sobre cómo presentar una demanda más allá de la indemnización por accidente laboral tras una lesión en el trabajo aborda con más detalle las excepciones al recurso exclusivo, el derecho de retención y la compensación, así como la doctrina Privette.
Las escasas excepciones que te permiten demandar a tu empresa
La negligencia grave por parte de un empresario no da lugar, por sí sola, a una demanda civil. Las excepciones son legales y limitadas: una agresión física intencionada por parte del empresario, el ocultamiento fraudulento de la lesión y su relación con el trabajo, una lesión causada por un producto fabricado y vendido por el empresario a terceros (artículo 3602(b) del Código Laboral), la retirada a sabiendas de la protección de una prensa mecánica (artículo 4558 del Código Laboral) y el hecho de que el empresario no cuente con ningún seguro de accidentes de trabajo (artículo 3706 del Código Laboral). La excepción del empleador sin seguro es relevante en las obras de construcción, donde a veces operan pequeños subcontratistas sin cobertura. Si su empleador no tenía seguro, puede demandarlo directamente, se presume que el empleador ha sido negligente (artículo 3708 del Código Laboral) y, mientras tanto, el Fondo Fiduciario Estatal de Prestaciones para Empleadores sin Seguro puede abonar las prestaciones de indemnización por accidente laboral.
La doctrina Privette: cuándo el contratista general o el propietario quedan exentos de responsabilidad y cuándo no
La defensa más habitual en un caso de responsabilidad civil de terceros en el sector de la construcción es la doctrina Privette. Según la sentencia del caso Privette contra el Tribunal Superior (1993), 5 Cal. 4th 689, y los casos posteriores, una empresa que contrata a un contratista independiente no suele ser responsable ante los empleados de dicho contratista por las lesiones sufridas en el trabajo, basándose en la teoría de que la empresa contratante delegó la responsabilidad en materia de seguridad al contratista. Si trabajabas para un subcontratista y sufriste una lesión, el contratista principal y el propietario del inmueble alegarán que la doctrina Privette impide que presentes una reclamación contra ellos.
El Tribunal Supremo de California ha reconocido algunas excepciones y es el encargado de resolver la mayoría de estos casos:
- Control retenido. Un contratante que mantenga el control sobre la forma en que se realiza el trabajo y ejerza dicho control de manera que contribuya de forma determinante a la lesión puede ser considerado responsable (Hooker contra el Departamento de Transporte (2002) 27 Cal.4th 198). Entre los ejemplos se incluyen un contratista general que dirija la secuencia de los trabajos, ordene a un equipo que siga trabajando en presencia de un peligro conocido o prometa proporcionar protección contra caídas y luego no lo haga.
- Peligros ocultos. El propietario de un terreno que tenga conocimiento de una situación de peligro en su propiedad —que el contratista no pudiera descubrir razonablemente— y no advierta de ella, puede ser considerado responsable (Kinsman contra Unocal Corp. (2005) 37 Cal.4th 659).
- Equipo defectuoso suministrado por el arrendatario. Un arrendatario que facilite un equipo inseguro que contribuya a la lesión puede ser considerado responsable (McKown contra Wal-Mart Stores, Inc. (2002) 27 Cal.4th 219).
En 2021, el Tribunal Supremo endureció estas excepciones en los casos González contra Mathis (2021) 12 Cal.5th 29 y Sandoval contra Qualcomm Inc. (2021) 12 Cal.5th 256, por lo que hay que analizar minuciosamente los hechos: quién controlaba la obra, qué establecían el contrato de subcontratación y el plan de seguridad de la obra, quién suministró el equipo y qué hizo realmente el contratista el día del accidente. La sentencia Privette no protege a otros subcontratistas, fabricantes de equipos ni conductores, razón por la cual muchos casos relacionados con la construcción acaban recayendo sobre dichas partes.
Tipos de accidentes laborales en el sector de la construcción en los que ofrecemos asistencia
Caídas desde alturas, andamios y escaleras
Las caídas son la principal causa de mortalidad en el sector de la construcción, tanto en California como a nivel nacional. Cal/OSHA exige, por lo general, medidas de protección contra caídas para los trabajos de construcción a alturas de seis pies o más, y su normativa sobre andamios y escaleras (Título 8 del Código de Regulaciones de California) establece requisitos relativos a barandillas, entarimado, anclajes, colocación de escaleras e inspección. Una caída desde un andamio, el borde de un tejado, una abertura en el suelo o una escalera extensible suele deberse a la falta de una barandilla, la ausencia de un punto de anclaje para el arnés, un andamio montado de forma incorrecta o una escalera defectuosa. Qué empresa montó el andamio, quién lo inspeccionó y quién suministró la escalera son las preguntas que permiten identificar al tercero demandado.
Lesiones por caída de objetos y por impacto
Las herramientas, los materiales y los escombros que caen desde las alturas, las cargas que se balancean desde una grúa o una carretilla elevadora, y los vehículos que circulan por la obra son la causa de una gran parte de las lesiones graves en la cabeza, la columna vertebral y por aplastamiento. Las normas de Cal/OSHA exigen, en determinadas circunstancias, el uso de rodapiés, redes para escombros, zonas de acceso controlado, inspecciones de los sistemas de elevación y la presencia de observadores. Cuando un trabajador de una empresa resulta golpeado por algo que ha caído de la mano del personal de otra empresa, el trabajador lesionado tiene derecho a presentar una reclamación por responsabilidad civil contra dicha empresa.
Grúas, carretillas elevadoras y maquinaria pesada
El derrumbe de grúas, la caída de cargas, el contacto de la pluma con líneas eléctricas, el vuelco de carretillas elevadoras y los accidentes en los que los trabajadores quedan atrapados entre la maquinaria y objetos fijos se encuentran entre las lesiones más graves en el sector de la construcción. Cal/OSHA exige que los operadores de grúas estén certificados, que se utilicen tablas de carga, que se realicen inspecciones de los aparejos y que se establezcan zonas de exclusión. La responsabilidad puede recaer en la empresa de alquiler de grúas o maquinaria, en el empleador del operador, en el subcontratista encargado del aparejo, en el contratista general que planificó la elevación o en el fabricante de un componente que falló. Las mismas normas de Cal/OSHA sobre formación de operadores y carga se aplican fuera de la obra; consulte nuestra página sobre accidentes con carretillas elevadoras en almacenes.
Electrocución y quemaduras eléctricas
El contacto con líneas eléctricas aéreas, cableado energizado que debería estar bloqueado, herramientas sin conexión a tierra y el suministro eléctrico temporal instalado de forma incorrecta provocan cada año electrocuciones y quemaduras graves. Las Normas de Seguridad Eléctrica de Alta Tensión de California exigen distancias mínimas de seguridad respecto a las líneas aéreas (diez pies para líneas de hasta 50.000 voltios), y los procedimientos de bloqueo y etiquetado regulan los trabajos en sistemas bajo tensión. La empresa de suministro eléctrico, el subcontratista eléctrico, el operador de la grúa o la pluma y el contratista general pueden compartir la responsabilidad.
Derrumbes de zanjas y estructuras
Cal/OSHA exige un sistema de protección (apuntalamiento, blindaje o talud) para zanjas de cinco pies de profundidad o más, que una persona competente inspeccione la excavación y que haya vías de acceso y salida seguras. El derrumbe de una zanja supone casi siempre una infracción de la normativa por parte de quien fuera responsable de la excavación, y el derrumbe de una estructura suele deberse a fallos en el apuntalamiento, el diseño o la secuencia de trabajos por parte de uno o varios contratistas.
Otras lesiones en el sector de la construcción
En las obras de construcción se producen lesiones causadas por pistolas de clavos y herramientas eléctricas, quemaduras por soldadura, exposición a sustancias químicas y a la sílice, enfermedades por calor, colisiones de vehículos en la zona de trabajo y traumatismos repetitivos derivados de años de trabajo pesado. Los casos graves suelen implicar amputaciones y lesiones por aplastamiento, lesiones cerebrales traumáticas, lesiones de la médula espinal y, en el peor de los casos, una demanda por homicidio culposo presentada por la familia. Las caídas y los accidentes por aplastamiento que provocan una discapacidad permanente se tratan como casos de lesiones catastróficas; consulta nuestra página sobre cómo se demuestran los daños por lesiones catastróficas.
Las pruebas desaparecen rápidamente en una obra
Una obra cambia cada día. El peligro que te causó la lesión puede quedar cubierto por un encofrado, rellenado o retirado en el plazo de una semana, y los testigos pueden estar trabajando en otra obra en cualquier parte del condado en el plazo de un mes. Las pruebas que distinguen un caso de mera indemnización por accidente laboral de un caso importante contra terceros incluyen:
- Fotografías y vídeo del lugar de los hechos, del equipo y de las medidas de protección contra caídas (o la ausencia de las mismas) tal y como se encontraban ese día
- Los registros diarios del contratista general, el informe de incidentes y el plan de seguridad de la obra (Programa de Prevención de Lesiones y Enfermedades)
- Los contratos de subcontratación, en los que se definía quién controlaba qué y quién era responsable de la seguridad
- Registros de charlas de seguridad, certificados de formación y registros de inspección de equipos
- El expediente de investigación de Cal/OSHA. Los empresarios deben notificar a Cal/OSHA cualquier lesión grave o fallecimiento en un plazo de ocho horas, y las sanciones y normas de Cal/OSHA pueden utilizarse como prueba del nivel de diligencia exigible en un caso contra terceros.
- Registros de alquiler y mantenimiento de grúas, elevadores y andamios, así como del propio componente defectuoso
- Nombres y datos de contacto de todos los trabajadores que presenciaron lo ocurrido, independientemente de la empresa para la que trabajaran
Una carta de conservación dirigida a todas las empresas del recinto, enviada con antelación, suele marcar la diferencia entre un caso que se puede demostrar y uno que no.
¿Qué puede incluir la indemnización?
A través del seguro de accidentes de trabajo: todo el tratamiento médico razonable para la lesión, prestaciones por incapacidad temporal equivalentes a dos tercios de tu salario semanal medio mientras no puedas trabajar (sujetas a los límites legales), indemnización por incapacidad permanente en función de tu grado de incapacidad, un bono complementario de recualificación profesional para formarte de nuevo si no puedes reincorporarte a tu puesto de trabajo, y prestaciones por fallecimiento para los familiares a tu cargo. En nuestra página dedicada a los abogados especializados en accidentes de trabajo se explica cada una de estas prestaciones.
A través de una demanda contra terceros: la totalidad de los ingresos perdidos, tanto pasados como futuros (y no la tasa parcial de la indemnización por accidente laboral), la pérdida de capacidad para generar ingresos, todos los gastos médicos, las adaptaciones en el hogar y el vehículo y los cuidados de asistencia para lesiones catastróficas, así como el dolor, el sufrimiento y la pérdida del disfrute de la vida, a los que California no aplica ningún límite máximo en un caso de lesiones ordinario. La norma de negligencia comparativa pura de California implica que, si tuviste parte de la culpa, tu indemnización se reducirá en función de tu porcentaje de culpa, en lugar de eliminarse por completo.
Un trabajador de la construcción cuya lesión le impida realizar cualquier trabajo habitual durante un año o más también puede tener derecho a las prestaciones por incapacidad de la Seguridad Social, de las que se encarga el bufete de forma interna, junto con la reclamación de indemnización por accidente laboral.
Prestaciones por accidente de trabajo para los trabajadores de la construcción
El ámbito de la indemnización por accidente laboral en caso de lesiones sufridas en la construcción tiene sus propias normas, y varias de ellas son específicas de cada oficio. Todos los empresarios de California deben disponer de esta cobertura, y un contratista con licencia no puede mantenerla sin ella (artículo 3700 del Código Laboral; artículo 7125 del Código de Negocios y Profesiones). Están cubiertos tanto los trabajadores a tiempo completo como a tiempo parcial, los temporales y los jornaleros, independientemente de su situación migratoria (artículo 1171.5 del Código Laboral). Hay tres normas importantes que hay que tener en cuenta en una obra:
- Contratistas sin licencia. Un trabajador contratado por un contratista sin licencia para realizar un trabajo que requiera licencia es, por ley, empleado de dicho contratista (artículo 2750.5 del Código Laboral). Si el subcontratista sin licencia carece de seguro, el contratista general que lo haya contratado se considera, por lo general, el empresario a efectos de la indemnización por accidente laboral, y su aseguradora es la responsable de las prestaciones.
- Empresarios sin seguro. Cuando el empresario no dispone de cobertura, las prestaciones las abona el Fondo Fiduciario de Prestaciones para Empresarios sin Seguro, y el trabajador también puede demandar al empresario ante un tribunal civil, donde se presume la negligencia de este (artículos 3706 a 3716 del Código Laboral).
- Empresas de trabajo temporal. Un trabajador destinado a una obra por una empresa de trabajo temporal suele ser empleado tanto de la empresa como del contratista anfitrión, y se puede exigir el pago a la aseguradora de cualquiera de las dos partes.
Tratamiento médico. La aseguradora debe proporcionar todo el tratamiento que sea razonablemente necesario para curar o aliviar los efectos de la lesión, sin copago ni límite máximo de gasto (artículo 4600 del Código Laboral). En el caso de las lesiones sufridas en la construcción, esto suele incluir cirugía traumatológica y ortopédica, rehabilitación tras fracturas y lesiones por aplastamiento, prótesis y su sustitución tras una amputación, tratamiento de lesiones cerebrales traumáticas, atención de quemaduras y tratamiento de salud mental para la ansiedad y la depresión que siguen a una lesión grave. El tratamiento se gestiona normalmente a través de la red de proveedores médicos de la empresa y está sujeto a una revisión de la utilización; en nuestra página de prestaciones médicas se explica cómo conseguir que se apruebe el tratamiento y cómo recurrir una denegación.
Incapacidad temporal. Cuando un médico te da la baja laboral, la prestación por incapacidad total temporal te paga dos tercios de tu salario semanal medio, hasta el máximo anual establecido por el Estado, durante un máximo de 104 semanas en los cinco años siguientes a la lesión; las amputaciones y las quemaduras graves se encuentran entre las afecciones que amplían el límite a 240 semanas (artículos 4653 y 4656 del Código Laboral). Los salarios del sector de la construcción, las horas extras y los trabajos con salario vigente se tienen en cuenta a la hora de calcular el salario semanal medio, así que asegúrate de que la cuantía refleje todo lo que has ganado, incluidos un segundo empleo o trabajos estacionales. Si puedes realizar un trabajo adaptado con un salario inferior, la incapacidad parcial temporal te pagará dos tercios de la diferencia.
Incapacidad permanente y pensión vitalicia. Una vez que tu afección se considera permanente y estabilizada, se evalúa tu grado de discapacidad y se ajusta en función de tu profesión y edad. En nuestra página sobre la fase permanente y estabilizada de una reclamación se explica qué debe incluir el informe y cómo impugnarlo. Las profesiones del sector de la construcción conllevan algunos de los ajustes profesionales más elevados de la tabla de valoración, ya que una lesión en la espalda, la rodilla o el hombro limita más a un obrero, un herrero o un techador que a un empleado de oficina. Una calificación del 70 % o más da derecho a una pensión vitalicia, y determinadas lesiones, como la pérdida de ambas manos y la parálisis prácticamente total, se consideran incapacitantes totales (artículos 4658, 4659 y 4662 del Código Laboral). Las aseguradoras suelen intentar atribuir parte de la incapacidad a lesiones previas y al desgaste natural; se trata de una cuestión médica que debe resolver un evaluador médico cualificado con pruebas sustanciales. Consulte nuestra página sobre incapacidad permanente.
Cuando no puedas reincorporarte a tu profesión. Si la empresa no te ofrece un trabajo habitual, adaptado o alternativo que se ajuste a tus limitaciones, recibirás un vale complementario por pérdida de empleo de 6.000 dólares destinado a la recualificación, la formación, la obtención de licencias y la adquisición de herramientas (artículo 4658.7 del Código Laboral) y podrás solicitar el complemento estatal de 5.000 dólares para la reincorporación al trabajo (artículo 139.48 del Código Laboral).
Prestaciones por fallecimiento. Cuando un trabajador de la construcción fallece en el trabajo, el cónyuge, los hijos y otros familiares a su cargo reciben prestaciones por fallecimiento que se abonan según la cuantía correspondiente a la incapacidad temporal, hasta los importes máximos establecidos por ley para uno, dos o tres o más familiares a su cargo, más los gastos de entierro (artículos 4701 y 4702 del Código Laboral). La familia también puede interponer una demanda por homicidio culposo contra cualquier tercero responsable del accidente.
Traumatismos acumulativos y enfermedades profesionales. Los años dedicados a levantar peso, arrodillarse, soportar la vibración de las herramientas y trabajar con los brazos en alto provocan afecciones en la espalda, las rodillas, los hombros y las manos que se consideran traumatismos acumulativos. La exposición provoca enfermedades profesionales: silicosis entre los fabricantes de encimeras y los cortadores de hormigón, enfermedades relacionadas con el amianto, exposición al plomo, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, enfermedades cutáneas, pérdida auditiva inducida por el ruido y enfermedades por calor. Estas reclamaciones tienen su propia norma sobre la fecha de la lesión, según la cual el plazo de un año comienza a contar cuando se produce la primera incapacidad y se sabe que la afección está relacionada con el trabajo (artículo 5412 del Código Laboral), y la responsabilidad se reparte entre los empleadores durante el último año de exposición perjudicial (artículo 5500.5 del Código Laboral).
Lo que no cubre el seguro de accidentes de trabajo. No indemniza por daños y perjuicios por dolor y sufrimiento, solo compensa una parte de los salarios perdidos y no paga nada por la pérdida de la vida en común del cónyuge. Esos daños y perjuicios se recuperan, si es que se recuperan, en la demanda contra terceros descrita anteriormente, y la aseguradora de accidentes de trabajo recibe un reembolso de esa indemnización y lo deduce de las prestaciones futuras (artículos 3856 y 3861 del Código Laboral), por lo que ambas reclamaciones deben tramitarse conjuntamente.
Qué hacer tras un accidente de obra. Acude al médico y explícale que el accidente se produjo en el trabajo y cómo ocurrió. Notifica la lesión a tu empresa por escrito y solicita el formulario de reclamación DWC-1. Haz fotos del lugar del accidente, del equipo y de tus lesiones antes de que se repare o retire nada, y anota los nombres de los compañeros de trabajo que lo presenciaron. Guarde todas las nóminas, ya que los salarios del sector de la construcción determinan la cuantía de la prestación. No firme ninguna renuncia ni acepte ningún acuerdo con nadie hasta que se hayan evaluado la reclamación, la demanda contra terceros y la asistencia médica futura.
Plazos en California
- Notifica la lesión a tu empresa en un plazo de 30 días (artículo 5400 del Código Laboral). Si la notificas fuera de plazo, podrías perder el derecho a las prestaciones.
- El plazo para presentar la solicitud de indemnización por accidente laboral es de un año (artículo 5405 del Código Laboral), salvo en los casos de lesiones detectadas posteriormente y de traumatismos acumulativos.
- Dos años a partir de la fecha de la lesión para interponer una demanda contra terceros, incluida una reclamación por responsabilidad por productos defectuosos (artículo 335.1 del Código de Procedimiento Civil); dos años a partir de la fecha del fallecimiento para presentar una reclamación por homicidio culposo.
- Se dispone de seis meses para presentar una reclamación por escrito contra la Administración si está implicada una entidad pública (artículo 911.2 del Código de la Administración). Los proyectos de obras públicas, las obras en carreteras y vías férreas, y la construcción de colegios y hospitales suelen dar lugar a este tipo de reclamaciones.
- Una reclamación, con arreglo al artículo 132a del Código Laboral, en el plazo de un año si tu empresa te despide o te sanciona por presentar una solicitud de indemnización por accidente de trabajo.
Hay excepciones que pueden ampliar o acortar estos plazos. La única forma fiable de conocer cuál es el tuyo es que un abogado te lo confirme, y las pruebas desaparecen mucho antes de que venza cualquier plazo.
Tu situación migratoria no importa
La legislación de California protege a los trabajadores lesionados, independientemente de su situación migratoria (artículo 1171.5 del Código Laboral). Los trabajadores de la construcción indocumentados tienen el mismo derecho a percibir prestaciones por accidente laboral y a una indemnización por parte de terceros, y tu consulta es confidencial.
Preguntas frecuentes
Ya estoy recibiendo una indemnización por accidente laboral. ¿Puedo presentar una demanda de todos modos? Sí. La indemnización por accidente laboral te cubre frente a tu empresa; el artículo 3852 del Código Laboral te permite reclamar a cualquier otra persona que sea responsable. Ambas reclamaciones se relacionan a través del derecho de retención y el crédito de la aseguradora, así que busca asesoramiento antes de llegar a un acuerdo sobre cualquiera de ellas.
¿Puedo demandar al contratista principal? A veces. La doctrina Privette protege al contratante que haya delegado por completo la seguridad en tu empleador, pero no a aquel que haya conservado el control y haya contribuido a la lesión, haya ocultado un peligro o haya suministrado material defectuoso. El contrato de subcontratación, el plan de seguridad y lo que el contratista principal hiciera realmente en la obra son los factores decisivos.
Un trabajador de otra empresa me causó una lesión. ¿Tengo derecho a reclamar? Normalmente, sí. Otro subcontratista y sus empleados son terceros, y la norma del recurso exclusivo no les protege.
Lo provocó un compañero de mi propia empresa. Por lo general, los compañeros de trabajo están protegidos por la misma norma de recurso exclusivo que el empresario (artículo 3601 del Código Laboral), a menos que el compañero estuviera ebrio o cometiera una agresión intencionada. Tu reclamación de indemnización por accidente de trabajo sigue cubriendo la lesión.
Me pagaban como contratista 1099. ¿Tengo cobertura? Es posible. Muchos trabajadores de la construcción a los que se les califica de contratistas independientes son, en realidad, empleados según la legislación de California, y se presume que un trabajador sin licencia que realice un trabajo que requiera dicha licencia es un empleado (artículo 2750.5 del Código Laboral). Si realmente eras independiente, no tienes derecho a reclamar una indemnización por accidente laboral al contratante, pero puedes demandar a cualquier parte cuya negligencia haya causado la lesión.
El accidente fue en parte culpa mía. ¿Aún así puedo presentar una demanda? Normalmente, sí. La indemnización por accidente laboral no depende en absoluto de la culpa, y en una demanda contra terceros, la norma de negligencia comparativa de California reduce la indemnización en función de tu parte de culpa, en lugar de eliminarla por completo.
Mi empresa no tiene seguro de accidentes de trabajo. ¿Y ahora qué? Eso es ilegal y amplía tus derechos: el artículo 3706 del Código Laboral te permite demandar directamente a la empresa que no tiene seguro, y el Fondo Fiduciario de Prestaciones para Empleadores sin Seguro puede hacerte cargo de tus prestaciones por accidente de trabajo.
Un contratista sin licencia me pagó en efectivo. ¿Estoy cubierto? Sí. Por ley, eres empleado del contratista (artículo 2750.5 del Código Laboral) y, si el contratista no tiene seguro, el Fondo Fiduciario de Prestaciones para Empleadores sin Seguro y, en muchos casos, la empresa que contrató al contratista sin licencia son responsables de tus prestaciones.
¿Cubre el seguro de accidentes de trabajo el coste de una prótesis y su sustitución? Sí. Las prótesis, su reparación y sustitución, así como la formación para su uso, se consideran tratamiento médico según el artículo 4600 del Código Laboral.
¿Cuánto vale mi caso? Depende de tus lesiones, tu salario, tu grado de culpa y de qué otras partes sean responsables y estén aseguradas. Nadie puede dar una cifra honesta sin conocer tu expediente. La indemnización por accidente laboral, por sí sola, está limitada por ley; el valor de una lesión grave sufrida en la construcción suele recaer en la demanda contra terceros.
¿Cuánto cuesta? No hay que pagar honorarios de abogado por adelantado. Los casos de lesiones causadas por terceros se gestionan con honorarios contingentes, por lo que los honorarios se deducen de la indemnización obtenida y no hay que pagar nada si no se obtiene indemnización. En los casos de indemnización por accidente laboral, los honorarios de los abogados los fija y aprueba la Junta de Apelaciones de Indemnización por Accidente Laboral.
Llama ahora al (888) 772-2529. Hablamos español. También puedes rellenar el formulario de contacto y te llamaremos.
Revisado por Shawn Abdi, abogado, de Abdi & Associates, Inc. Última revisión: 4 de septiembre de 2026.
Publicidad de un bufete de abogados. Esta página contiene información general, no constituye asesoramiento jurídico sobre su situación concreta. Los plazos legales admiten excepciones; consulte los que le correspondan con un abogado. Los resultados anteriores no garantizan resultados futuros.
Páginas relacionadas: en nuestra página sobre abogados especializados en indemnizaciones por accidentes de trabajo se explica cada prestación con más detalle; en nuestra página sobre abogados especializados en lesiones laborales se tratan las lesiones sufridas en el lugar de trabajo fuera del sector de la construcción; y en nuestra descripción general sobre lesiones personales se abordan otras reclamaciones por lesiones. En español: abogado de accidentes de trabajo.
