Respuesta breve: una carta de denegación no supone el fin de tu solicitud. Por lo general, dispones de 60 días a partir de la fecha de recepción de la notificación para presentar un recurso, y la Seguridad Social considera que la notificación se ha recibido 5 días después de la fecha impresa en ella, a menos que demuestres lo contrario (20 C.F.R. §§ 404.901, 404.909). Existen cuatro niveles de recurso: reconsideración, audiencia ante un juez de lo contencioso-administrativo, revisión por parte del Consejo de Apelaciones y acción civil ante un tribunal federal de distrito. En casi todos los casos, es mejor presentar un recurso que empezar de cero, ya que una nueva solicitud puede suponer la pérdida de meses de atrasos salariales. Abdi & Associates, Inc. gestiona internamente los recursos de SSDI y SSI para solicitantes de cualquier lugar de Estados Unidos, por teléfono o videoconferencia. Consulta gratuita. Llame las 24 horas del día, los 7 días de la semana, en inglés y español: (888) 772-2529. No se cobran honorarios de abogado a menos que gane el caso, y los honorarios están limitados por la ley federal y aprobados por la Administración de la Seguridad Social.
Por qué la Seguridad Social ha denegado tu solicitud de prestación por discapacidad
Las notificaciones de denegación están redactadas en un lenguaje genérico, por lo que lo primero que hay que hacer al presentar cualquier recurso es averiguar qué es lo que realmente ha fallado.
- Denegaciones por motivos médicos. La agencia ha decidido que tus limitaciones no te impiden trabajar. A menudo, el verdadero problema es el expediente, no la enfermedad: faltaban documentos, nunca se contactó con el especialista que te trataba o la única opinión procedía de un perito que te vio una sola vez.
- Denegaciones por motivos técnicos. No tienen nada que ver con tu salud. Para acceder al SSDI debes estar asegurado, lo que, según explica la SSA, suele significar haber acumulado 40 créditos laborales, 20 de ellos obtenidos en los 10 años anteriores al año en que comenzó tu discapacidad, y un número menor en el caso de los trabajadores más jóvenes. En el caso del SSI, suele tratarse de motivos económicos: recursos computables superiores a 2.000 dólares para una persona sola o 3.000 dólares para una pareja, o unos ingresos computables demasiado elevados.
- Actividad laboral. Los ingresos que superen el nivel de actividad lucrativa sustancial (SGA) dan por concluida la solicitud en la primera fase, antes de que se evalúe tu estado de salud. Para el año 2026, la SSA ha fijado el SGA en 1.690 dólares al mes para los solicitantes que no padecen ceguera y en 2.830 dólares para los solicitantes con ceguera reconocida legalmente.
- Duración. A menos que se prevea que la discapacidad provoque la muerte, debe haber durado o se prevea que dure un período ininterrumpido de al menos 12 meses (20 C.F.R. § 404.1509). Las afecciones graves pero de corta duración no cumplen los requisitos.
La evaluación secuencial en cinco pasos
Todas las decisiones médicas, a cualquier nivel, se rigen por las mismas cinco preguntas recogidas en el artículo 20 C.F.R. § 404.1520 y su equivalente en el programa SSI, el artículo § 416.920:
- ¿Realizas alguna actividad lucrativa significativa? En caso afirmativo, la solicitud queda sin efecto.
- ¿Padeces alguna discapacidad grave, médicamente determinable, que cumpla el requisito de una duración de 12 meses?
- ¿Cumple con uno de los criterios de la lista de la agencia o es médicamente equivalente a alguno de ellos? En caso afirmativo, se considera que tienes una discapacidad.
- Teniendo en cuenta tu capacidad funcional residual, ¿puedes seguir realizando tu trabajo anterior relevante?
- ¿Podrías adaptarte a otro trabajo dentro de la economía nacional, teniendo en cuenta tu edad, tu formación y tu experiencia laboral? Si no puedes, se considera que tienes una discapacidad.
Saber en qué fase se desestimó tu solicitud te indica qué es lo que hay que hacer en la apelación. Si se desestimó en la fase cuatro, la apelación girará en torno a cuáles eran realmente los requisitos de tu antiguo trabajo; si se desestimó en la fase cinco, la apelación girará en torno al testimonio del experto vocacional.
Los cuatro niveles de recurso y el plazo correspondiente a cada uno de ellos
Este mismo plazo de 60 días se aplica en todos los niveles administrativos y se cuenta a partir de la fecha en que se recibe la notificación, que se considera que es 5 días después de la fecha que figura en la misma (20 C.F.R. § 404.901). Las apelaciones del SSI se rigen por normas análogas recogidas en el 20 C.F.R., parte 416, subparte N.
| Nivel | ¿Qué ocurre? | ¿Quién decide? | Fecha límite | Cómo presentar una solicitud |
|---|---|---|---|---|
| 1. Reconsideración | Una revisión exhaustiva de tu expediente, incluidas las nuevas pruebas presentadas tras la denegación | Servicios estatales de determinación de la discapacidad, para la SSA | 60 días a partir de la recepción de la notificación de denegación (artículos 404.909 y 416.1409) | En línea en ssa.gov, o mediante el formulario SSA-561, junto con un informe actualizado sobre la discapacidad y una autorización |
| 2. Audiencia ante un juez administrativo (ALJ) | Un nuevo análisis de la demanda, con declaraciones juradas y, por lo general, testigos expertos | Juez de lo contencioso-administrativo | 60 días a partir de la recepción de la notificación de reconsideración (artículos 404.933 y 416.1433) | Por Internet o mediante el formulario HA-501 |
| 3. Consejo de Apelaciones | Revisión de la resolución de la vista por error jurídico, abuso de discrecionalidad, conclusiones no respaldadas por pruebas sustanciales o una cuestión de política general | Consejo de Apelaciones | 60 días a partir de la recepción de la resolución de la audiencia o de la desestimación (artículos 404.968 y 416.1468) | Por Internet o mediante el formulario HA-520 |
| 4. Tribunal federal de primera instancia | Una acción civil contra el Comisionado, resuelta sobre la base de las actuaciones escritas, sin nuevos testimonios | juez de distrito de Estados Unidos | 60 días a partir de la recepción de la notificación del Consejo de Apelaciones (art. 404.981; 42 U.S.C. art. 405(g)) | Denuncia presentada en la jurisdicción federal en la que resides |
Si la fecha de tu notificación de denegación es de hace menos de 60 días, llama ahora mismo para que la apelación se presente a tiempo: (888) 772-2529, 24 horas al día, 7 días a la semana, en inglés y español.
Revisión: el primer recurso
La reconsideración es una revisión documental, por lo que los solicitantes suelen considerarla una mera formalidad. Eso es un error. Es tu primera oportunidad para corregir el expediente: para añadir al especialista con el que la SSA nunca se puso en contacto, para presentar documentos que llegaron después de la resolución y para corregir un historial laboral que hacía que tus trabajos anteriores parecieran menos importantes de lo que realmente fueron. En los casos de SSI, también puede adoptar la forma de una revisión del expediente, una reunión informal o una reunión formal en la que se pueda citar a testigos de la parte contraria y someterlos a un contrainterrogatorio (20 C.F.R. § 416.1413). Todo lo que añadas se incluirá en la solicitud para la vista.
La vista ante el juez administrativo (ALJ): donde suelen resolverse los recursos en materia de discapacidad
La vista es el núcleo del recurso. Se trata de un nuevo examen del recurso por parte de un juez que no haya tomado las resoluciones anteriores, y es la única fase en la que usted puede testificar y en la que su representante puede interrogar a los peritos de la Administración.
Cómo se desarrolla la audiencia
No hay sala de audiencias ni abogado de la parte contraria. La SSA programa las comparecencias de los solicitantes por audio, por videoconferencia de la agencia, por videoconferencia en línea o en persona, y puedes presentar una objeción por escrito en un plazo de 30 días a partir de la notificación si no deseas comparecer por audio o por videoconferencia de la agencia (20 C.F.R. § 404.936). El testimonio se presta bajo juramento y se graba. Una audiencia típica dura menos de una hora: el juez plantea las cuestiones, usted testifica sobre su tratamiento, sus síntomas, sus actividades diarias y sus trabajos anteriores, y a continuación testifican los peritos.
La norma de los cinco días hábiles para la presentación de pruebas
De conformidad con el artículo 20 C.F.R. § 404.935 (SSI: § 416.1435), debe informar a la SSA o presentar pruebas por escrito a más tardar 5 días hábiles antes de la audiencia programada; de lo contrario, el juez podría negarse a tenerlas en cuenta. Existen excepciones, entre las que se incluyen el hecho de que la SSA le haya inducido a error, una limitación física, mental, educativa o lingüística, y circunstancias extraordinarias como una enfermedad grave, un fallecimiento en la familia o la búsqueda diligente de documentos que un proveedor no haya enviado a tiempo. Recurrir a una excepción es mucho peor que cumplir el plazo, por lo que los documentos deben solicitarse con meses de antelación.
Expertos en formación profesional y en medicina
En la mayoría de las vistas, el juez llama a declarar a un perito laboral y, en ocasiones, a un perito médico. El perito laboral clasifica tu historial laboral y responde a preguntas hipotéticas sobre qué trabajos podría realizar una persona con un conjunto determinado de limitaciones, y esas hipótesis determinan los pasos cuatro y cinco. Si se plantean al perito las limitaciones que han documentado tus médicos y este admite que no te queda ningún trabajo que puedas realizar, eso se convierte en la prueba más sólida del expediente. Si nadie pregunta al respecto, se mantiene la versión de la agencia sobre tu capacidad.
Qué hace un representante
Un representante obtiene el expediente electrónico completo, identifica lo que falta, solicita dictámenes específicos sobre funciones a los profesionales que le han tratado, en lugar de cartas genéricas, presenta un escrito en el que relaciona las pruebas con el marco de cinco pasos y con la norma de la lista o la tabla que resulte aplicable, le prepara para las preguntas que deciden los casos, interroga a los peritos y reserva las objeciones para una posible apelación posterior.
Revisión del Consejo de Apelaciones
No se trata de una segunda vista. De conformidad con el artículo 404.970 del título 20 del Código de Regulaciones Federales (C.F.R.) (SSI: artículo 416.1470), el Consejo revisará un caso cuando el juez haya abusado de su facultad discrecional, cuando exista un error de derecho, cuando las conclusiones no estén respaldadas por pruebas sustanciales o cuando exista una cuestión de política general o de procedimiento que afecte al interés público. Asimismo, tendrá en cuenta pruebas adicionales que sean nuevas, relevantes y se refieran al período anterior o contemporáneo a la resolución de la audiencia, siempre que se demuestre una causa justificada por no haberlas presentado anteriormente. El Consejo puede denegar la revisión, resolver el caso por sí mismo o remitirlo a un juez de lo contencioso-administrativo. La remisión es habitual y útil, ya que devuelve el caso con instrucciones para corregir el error.
Tribunal federal de primera instancia, en resumen
Si el Consejo de Apelaciones deniega la revisión o falla en su contra, puede interponer una demanda civil ante el tribunal de distrito de los Estados Unidos de su lugar de residencia, en un plazo de 60 días (§ 404.981; 42 U.S.C. § 405(g)). El tribunal resuelve el caso basándose en los escritos y en la transcripción del expediente, y las conclusiones de hecho del Comisionado son definitivas si están respaldadas por pruebas sustanciales. No se admiten nuevos testimonios, no hay jurado, y los resultados probables son la confirmación de la resolución o la devolución del caso.
¿Y si no has cumplido el plazo de 60 días?
Solicita una prórroga por escrito y explica los motivos. La SSA ampliará el plazo si demuestras una causa justificada según el artículo 20 C.F.R. § 404.911 (SSI: § 416.1411), y entre los ejemplos que recoge el propio reglamento se incluyen una enfermedad grave, el fallecimiento o una enfermedad grave de un familiar directo, la destrucción de documentos a causa de un incendio, una búsqueda diligente pero infructuosa de pruebas, información incorrecta por parte de la SSA y el hecho de no haber recibido nunca la notificación. También se tienen en cuenta las limitaciones físicas, mentales, educativas o lingüísticas. No dé por sentado que una apelación presentada fuera de plazo no tiene ninguna posibilidad de éxito, y no espere para solicitarla.
Las pruebas que determinan el resultado
Las apelaciones se ganan en función del expediente, no de los argumentos. En el caso de las solicitudes presentadas a partir del 27 de marzo de 2017, ningún dictamen médico tiene un peso determinante; la SSA evalúa el carácter persuasivo, y los dos factores más importantes son la fundamentación y la coherencia (20 C.F.R. § 404.1520c).
- Rellene todos los registros médicos, incluidas las visitas sin incidencias. Tiene la obligación de informar a la SSA o de presentar todas las pruebas de las que tenga conocimiento en relación con su situación de discapacidad (20 C.F.R. § 404.1512).
- Declaración de una fuente médica. Dictamen por funciones elaborado por el profesional sanitario responsable del tratamiento: cuánto tiempo puedes permanecer sentado, de pie y caminando; qué peso puedes levantar; con qué frecuencia no podrías realizar tus tareas; y cuántos días al mes perderías.
- Fundamento y coherencia. Un dictamen que se base en los hallazgos clínicos y que concuerde con la historia clínica tiene más valor que un formulario de casillas que contradiga las notas del tratamiento.
- Tratamiento longitudinal, con explicación de los intervalos sin datos. La pérdida de la cobertura sanitaria, la falta de transporte y la propia enfermedad son razones válidas, pero solo si constan en el historial.
- Un historial laboral detallado, en el que se describa cómo se desarrollaban realmente tus trabajos anteriores, y no solo el cargo que ocupabas.
- Declaraciones de terceros —como el cónyuge, un hijo mayor de edad, un antiguo superior o un compañero de trabajo— en las que se describa qué ha cambiado.
El SSDI y el SSI en el marco de los recursos de apelación
Los criterios médicos, los niveles de recurso y los plazos de 60 días son los mismos para ambos programas; las normas simplemente se recogen en distintos lugares: el SSDI, en el título 20 del C.F.R., parte 404, subparte J, y el SSI, en la parte 416, subparte N. Las diferencias son de carácter económico. El SSDI depende de su historial laboral, se abona tras un periodo de espera de cinco meses y puede retroceder hasta 12 meses antes del mes en que presentó la solicitud (20 C.F.R. § 404.621). El SSI se basa en las necesidades, sin requisitos laborales pero con límites estrictos: recursos computables de 2 000 dólares para una persona sola y 3 000 dólares para una pareja, normas sobre ingresos y ausencia de pagos retroactivos anteriores a la fecha de solicitud. Muchas personas solicitan ambas prestaciones, y una sola apelación puede abarcar ambas.
Cuánto cuesta un abogado especializado en discapacidad
Las tasas en los expedientes de la Seguridad Social están reguladas por la legislación federal y no pueden cobrarse sin la autorización de la agencia.
- Designación. La designación de un representante debe realizarse por escrito, normalmente mediante el formulario SSA-1696, «Designación de un representante por parte del solicitante».
- Acuerdo de honorarios. En virtud de un acuerdo de honorarios —normalmente el formulario SSA-1693—, los honorarios se limitan al 25 % de sus prestaciones atrasadas o a un límite máximo en dólares establecido por el Comisionado, el que sea menor. La SSA establece que el máximo es de 9.200 dólares para las resoluciones favorables dictadas a partir del 30 de noviembre de 2024. En mayo de 2025, la SSA retiró su plan de ajustar el límite máximo cada año y anunció que solo publicará un aviso cuando lo aumente; nuestra página sobre cómo se fijan y pagan los honorarios de los abogados especializados en discapacidad ofrece más detalles al respecto.
- Cómo se abona. La SSA retiene los honorarios aprobados de las prestaciones atrasadas y los abona directamente al representante. No se deduce nada de tus prestaciones mensuales en curso.
- Si no hay prestaciones atrasadas, no se aplicará ninguna comisión en virtud de un acuerdo de comisiones.
- Los gastos son independientes. Los gastos que debe abonar usted, como las tasas que cobran los hospitales y las clínicas por copiar historiales médicos, no forman parte de los honorarios del abogado, y le informamos de su importe antes de que se incurra en ellos.
Cuánto tiempo lleva y por qué es mejor presentar un recurso que volver a presentar la solicitud
Los plazos varían según el estado y la oficina de audiencias. La cifra que publica la SSA con una fecha concreta corresponde al tiempo medio de tramitación de las audiencias: una media de 275 días en julio de 2026, frente a los 285 días de julio de 2025. La reconsideración es más rápida, pero sigue midiéndose en meses. Esa espera es la razón por la que renunciar a una solicitud pendiente para empezar de nuevo suele ser una decisión errónea: una nueva solicitud hace que se pierda la fecha de presentación anterior y, dado que el SSDI solo tiene en cuenta los 12 meses anteriores al mes de la solicitud y el SSI no tiene en cuenta ningún período anterior, volver a presentar la solicitud puede anular de forma permanente los atrasos que ya se hayan acumulado. Las escasas excepciones se refieren a una discapacidad realmente nueva o a un problema técnico que se solucionaría con una presentación diferente, e incluso en esos casos lo más seguro es presentar el recurso dentro del plazo establecido.
Si has sufrido un accidente laboral
La indemnización por accidente laboral y la prestación por incapacidad de la Seguridad Social son sistemas independientes con normas distintas, y muchos trabajadores lesionados cumplen los requisitos para recibir ambas. Interactúan en un aspecto importante: cuando recibes una indemnización por accidente laboral u otra prestación pública por incapacidad, la SSDI puede reducirse para que las prestaciones combinadas no superen el 80 % de tus ingresos medios actuales (20 C.F.R. § 404.408). Para los trabajadores de California, se trata tanto de una cuestión de redacción como de prestaciones, ya que la forma en que se redacte un acuerdo puede modificar el cálculo de la compensación. En el caso de una reclamación estatal, conviene comprender cómo funcionan las prestaciones de indemnización por accidente laboral en California y cómo se evalúa y se abona la incapacidad permanente antes de llegar a un acuerdo; además, gestionamos internamente las reclamaciones por accidente laboral denegadas. Si su afección afecta a su trabajo, pero aún así puede trabajar con una adaptación, se trata de una cuestión laboral más que de un recurso por discapacidad, y debe analizarse en el marco de la discriminación por discapacidad y las adaptaciones.
Cómo puede ayudarte Abdi & Associates
Abdi & Associates, Inc. gestiona de forma interna las solicitudes de SSDI y SSI para solicitantes de cualquier lugar de Estados Unidos. La Seguridad Social es un sistema federal y las audiencias se celebran por audio o vídeo, por lo que no es necesario que estemos en tu ciudad para representarte. Las consultas se realizan por teléfono o vídeo, en inglés y español, y atendemos las llamadas las 24 horas del día, los 7 días de la semana. No cobramos honorarios de abogado a menos que ganes el caso, y los honorarios están limitados por la ley federal y aprobados por la Administración de la Seguridad Social.
¿Qué ocurre después de la llamada?:
- Leemos la notificación de denegación y la explicación de la resolución sobre la discapacidad para averiguar en qué fase se denegó tu solicitud y qué datos faltaban en el expediente.
- Nos asignan el caso y fijamos los plazos en el calendario. Usted firma el formulario SSA-1696 y un acuerdo de honorarios; nosotros obtenemos su expediente electrónico, y ese mismo día se anotan en el calendario el plazo de 60 días para presentar el recurso y el plazo de cinco días laborables para presentar las pruebas.
- Elaboramos el expediente solicitando la documentación de todos los profesionales sanitarios que han tratado al paciente y recabando opiniones centradas en la funcionalidad de las fuentes adecuadas.
- Preparamos el caso antes de la vista, relacionando las pruebas con los criterios de la lista, la capacidad funcional residual y las cuestiones profesionales.
- Te preparamos y asistimos a la vista; si la resolución es desfavorable, te informamos sobre la revisión por parte del Consejo de Apelaciones y, cuando proceda, sobre la vía judicial federal.
Preguntas frecuentes
¿De cuánto tiempo dispongo para recurrir la denegación de una prestación por incapacidad de la Seguridad Social?
Sesenta días a partir de la fecha en que reciba la notificación, en todos los niveles administrativos, y la SSA da por hecho que la ha recibido 5 días después de la fecha impresa en ella, a menos que usted demuestre lo contrario (20 C.F.R. §§ 404.901, 404.909, 404.933, 404.968). El mismo plazo de 60 días se aplica ante el tribunal federal de distrito una vez que el Consejo de Apelaciones haya dictado su resolución (§ 404.981; 42 U.S.C. § 405(g)).
¿Qué posibilidades tengo de ganar un recurso por discapacidad?
Nadie puede darte una cifra con certeza, y los índices de aprobación varían según el nivel de recurso, el estado y el juez asignado. Lo que sí se puede saber es qué contiene tu expediente y qué le falta. La pregunta relevante es si el expediente responde a la cuestión concreta que motivó la denegación.
¿Debería volver a presentar la solicitud o recurrir tras una denegación del SSDI?
Por lo general, es recomendable recurrir. Si presentas una nueva solicitud, pierdes la fecha de presentación anterior y, dado que el SSDI solo se remonta a los 12 meses anteriores al mes en que presentas la solicitud (20 C.F.R. § 404.621) y el SSI no se remonta en absoluto, volver a presentar la solicitud puede suponer la pérdida definitiva de los pagos atrasados. Busca asesoramiento antes de que venza el plazo de 60 días.
¿Necesito un abogado para una audiencia sobre discapacidad?
No es obligatorio que asistas. Sin embargo, la vista suele ser el momento en el que se resuelve el caso, e implica testimonios bajo juramento, el dictamen de un experto profesional sobre los trabajos que aún podrías realizar, un plazo estricto para la presentación de pruebas y un acta que te vincula en cualquier recurso posterior.
¿Cuánto cuesta un abogado especializado en discapacidad?
En virtud de un acuerdo de honorarios aprobado por la SSA, los honorarios equivalen al 25 % de las prestaciones atrasadas o al límite máximo vigente, el que sea menor; según la SSA, este límite es de 9.200 dólares para las resoluciones favorables dictadas a partir del 30 de noviembre de 2024. La SSA lo deduce de las prestaciones atrasadas y lo abona directamente al representante; si no se conceden prestaciones atrasadas, no se cobran honorarios. Los gastos de su propio bolsillo, como los gastos de copia de documentos, se cobran por separado.
¿Qué es una declaración de fuente médica?
Se trata de un dictamen escrito por el profesional sanitario responsable de tu tratamiento en el que se describe, en términos funcionales, lo que aún puedes hacer a pesar de tus limitaciones: sentarte, estar de pie, caminar, levantar peso, alcanzar objetos, concentrarte, el tiempo de inactividad y las ausencias previstas. Es la única prueba redactada de la forma en que los expertos vocacionales y los jueces evalúan la capacidad laboral, y su fuerza persuasiva depende de hasta qué punto esté respaldada por los hallazgos clínicos y de su coherencia con el expediente (20 C.F.R. § 404.1520c).
¿Puedo trabajar mientras mi recurso por incapacidad está pendiente?
Puedes trabajar, pero los ingresos que superen el nivel de actividad lucrativa sustancial (SGA) suelen dar lugar a la denegación de la solicitud en la primera fase. Para 2026, la SSA ha fijado el SGA en 1.690 dólares al mes para los solicitantes no ciegos y en 2.830 dólares para los solicitantes con ceguera reconocida legalmente. Trabajar por debajo de ese nivel no supone automáticamente la denegación de la solicitud, pero se examinará minuciosamente, por lo que debes informar a tu representante antes de empezar cualquier trabajo.
¿Qué pasa si se me ha pasado el plazo para presentar un recurso?
Solicita más tiempo por escrito y explica lo que ha ocurrido. La SSA ampliará el plazo por causa justificada, de conformidad con el artículo 20 C.F.R. § 404.911; entre los ejemplos que se enumeran se incluyen una enfermedad grave, un fallecimiento o una enfermedad grave en la familia, la destrucción de documentos a causa de un incendio, información incorrecta facilitada por la SSA y el hecho de no haber recibido nunca la notificación. Actúa de inmediato, ya que cuanto mayor sea el retraso, más difícil resultará demostrarlo.
¿En qué consiste una audiencia ante un juez administrativo (ALJ)?
Usted comparece por audio, vídeo de la agencia, vídeo en línea o en persona (20 C.F.R. § 404.936), y ningún abogado se opone a usted. El juez toma declaración bajo juramento sobre su tratamiento, sus síntomas, sus actividades diarias y su historial laboral; a continuación, escucha el testimonio de un experto profesional y, en ocasiones, de un experto médico, a quienes su representante puede interrogar. La mayoría de las audiencias duran menos de una hora, y la resolución por escrito se recibe semanas más tarde.
¿Qué ocurre si el Consejo de Apelaciones deniega mi solicitud de revisión?
La resolución de la vista se convierte en la resolución definitiva del Comisionado, y la vía de recurso a su disposición es una demanda civil ante el tribunal federal de distrito de su lugar de residencia, que deberá interponerse en un plazo de 60 días a partir de la recepción de la notificación (§ 404.981; 42 U.S.C. § 405(g)). El tribunal examina el expediente con arreglo al criterio de la «prueba sustancial», en lugar de celebrar una nueva vista, y cuando el solicitante gana el caso, el resultado habitual es una remisión.
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¿Te han denegado el SSDI o el SSI? Llama al (888) 772-2529, las 24 horas del día, los 7 días de la semana, en inglés o en español, o al (323) 310-4264 en español, para una consulta gratuita, o utiliza el formulario que aparece a continuación. No hay que pagar honorarios de abogado a menos que ganes el caso, y los honorarios están limitados por la ley federal y aprobados por la Administración de la Seguridad Social.
Fuentes primarias: 20 C.F.R. §§ 404.408, 404.621, 404.901, 404.909, 404.911, 404.933, 404.935, 404.936, 404.968, 404.970, 404.979, 404.981, 404.1509, 404.1512, 404.1520, 404.1520c; 20 C.F.R. §§ 416.1409, 416.1411, 416.1413, 416.1433, 416.1435, 416.1468, 416.1470, 416.1481; 42 U.S.C. § 405(g) (Ley del Seguro Social § 205(g)); Administración de la Seguridad Social, Recurrir una decisión que hayamos tomado, Solicitar una reconsideración, Solicitar la revisión de la decisión de la audiencia, Proceso de audiencia, Proceso de revisión del Consejo de Apelaciones, Acuerdos sobre honorarios, Formulario SSA-1696, Importes de actividad lucrativa sustancial de 2026, Recursos de SSI y Plazo de tramitación de las apelaciones por discapacidad (julio de 2026).
Revisado por Shawn Abdi, abogado, de Abdi & Associates, Inc. Publicado: 9 de septiembre de 2026. Publicidad de un abogado. Esta página contiene información general, no constituye asesoramiento jurídico sobre su situación concreta. Los plazos legales tienen excepciones; consulte los que le corresponden con un abogado. Los resultados anteriores no garantizan resultados futuros.
