Obtenga una consulta gratuita

    Al marcar esta casilla, usted acepta recibir mensajes de texto SMS de Abdi & Associates Inc., puede responder stop para darse de baja en cualquier momento. Al proporcionar su número de teléfono, da su consentimiento para recibir comunicaciones SMS informativas/conversacionales automatizadas de Abdi & Associates, Inc. Es posible que se apliquen tarifas de mensajes y datos y que la frecuencia varíe. Responda STOP para darse de baja. Envía HELP para obtener ayuda. Política de privacidad | Condiciones de uso. SMS opt-in o números de teléfono con el fin de SMS no están siendo compartidos.

    Respuesta breve: si tu empresa te ha despedido, te ha bajado de categoría, te ha acosado o se ha negado a adaptarte el puesto de trabajo debido a una discapacidad, una lesión o una afección médica, la legislación de California te respalda firmemente. De hecho, con más fuerza que la legislación federal. Esta página trata sobre la discriminación por discapacidad en el ámbito laboral: qué se considera discriminación, cuáles eran las obligaciones legales de tu empresa y los plazos que determinan si aún puedes presentar una reclamación. Consulta gratuita, 24 horas al día, 7 días a la semana, en inglés y español: (888) 772-2529. Sin honorarios a menos que ganes el caso.

    California ofrece a los trabajadores con discapacidad una mayor protección que la legislación federal

    La Ley de Igualdad en el Empleo y la Vivienda (FEHA, Código de Gobierno, § 12940) es la ley de California contra la discriminación en el ámbito laboral, y supera a la ley federal ADA en casi todos los aspectos que te interesan. Se aplica a las empresas con tan solo 5 o más empleados (la ADA exige 15). Define la discapacidad de forma más amplia: según la FEHA, basta con que una afección limite una actividad vital importante, mientras que la ADA exige que la limite de forma sustancial. Además, establece plazos de presentación más amplios. Las discapacidades físicas, las enfermedades crónicas, los trastornos de salud mental y las lesiones laborales que provocan limitaciones duraderas pueden entrar dentro de su ámbito de aplicación. Si un responsable te ha tratado de forma diferente debido a tu afección, o porque creía que la padecías, eso puede constituir discriminación, incluso si tú no estás de acuerdo con ese diagnóstico. La FEHA es una ley estatal, y representamos a trabajadores en estos casos en toda California, por teléfono, desde San Diego hasta el Área de la Bahía.

    Lo que tu empresa estaba obligada a hacer

    Los empresarios de California tienen dos obligaciones legales concretas para con los trabajadores con discapacidad, y el incumplimiento de cualquiera de ellas constituye, por sí solo, una infracción de la ley:

    • Adaptaciones razonables. Modificación de las funciones, cambios en el horario, equipamiento, permisos para recibir tratamiento o reasignación a un puesto vacante, salvo que la empresa pueda demostrar que ello supone una carga excesiva y justificada.
    • El proceso interactivo. Una conversación oportuna y de buena fe contigo sobre qué adaptaciones podrían funcionar. Los empleadores que ignoran las solicitudes de adaptación, o que las responden con silencio y posteriormente con el despido, incumplen esta obligación por sí solos.

    Cómo se manifiesta la discriminación por discapacidad en el ámbito laboral

    • Despedido o cesado poco después de comunicar una afección, solicitar una adaptación o reincorporarse tras una baja médica
    • Despedido tras sufrir un accidente laboral en lugar de que se le asignaran tareas adaptadas, una práctica que observamos constantemente en los casos de indemnización por accidente laboral
    • Denegación de contratación o ascenso debido a una afección médica o a antecedentes médicos
    • Acosados, sancionados o expulsados tras pedir ayuda
    • Me dijeron que no hay trabajo ligero y me enviaron a casa de forma definitiva mientras se cubre la vacante
    • Represalias por presentar una reclamación de indemnización laboral o por acogerse a una baja médica protegida

    ¿Te has lesionado en el trabajo y luego te han despedido? Es posible que tengas dos casos.

    Aquí es donde nuestra experiencia en materia de indemnización por accidentes laborales cobra importancia. Si tu discapacidad se debe a un accidente de trabajo y tu empresa no te proporcionó las adaptaciones necesarias o te despidió, es posible que tengas derecho a una reclamación de indemnización por accidente laboral y a un caso independiente por discriminación en virtud de la FEHA, con plazos distintos, medidas correctoras diferentes y la posibilidad de reclamar una indemnización civil íntegra en el caso de la FEHA. La mayoría de los abogados especializados en indemnizaciones por accidentes laborales nunca valoran la posibilidad de este segundo caso. Para nosotros, es lo primero que analizamos.

    Lo que puedes recuperar

    Salarios y prestaciones no percibidos (salarios atrasados y pérdidas futuras), indemnización por daños morales, honorarios de abogados y, en casos especialmente graves, indemnización punitiva. A diferencia de la indemnización por accidente laboral, un caso en virtud de la FEHA compensa el coste humano, no solo el económico.

    Los plazos

    • Plazo de 3 años para presentar una denuncia ante el Departamento de Derechos Civiles de California (CRD) por infracciones de la FEHA (Código de Gobierno, artículo 12960)
    • Plazo de un año para interponer una demanda tras la emisión por parte del CRD de una notificación de derecho a demandar
    • Los plazos para presentar reclamaciones ante la EEOC federal son mucho más cortos (por lo general, 300 días en California).

    Pueden darse excepciones que modifiquen estas fechas en cualquier sentido, y las pruebas (correos electrónicos, mensajes de texto, expedientes de personal, recuerdos de los testigos) pierden su validez mucho antes de que venza cualquier plazo. Confirma la fecha límite exacta con un abogado en lugar de darla por sentada.

    Qué hay que documentar ahora mismo

    Guarda todos los correos electrónicos y mensajes de texto relacionados con tu enfermedad, las solicitudes de adaptaciones y las respuestas de la empresa. Anota las fechas, los nombres y lo que se dijo. Conserva tus evaluaciones de rendimiento. Y no firmes ningún acuerdo de indemnización sin que te lo revisen primero; las ofertas de indemnización suelen pedirte que renuncies precisamente a estas reclamaciones a cambio de una cantidad muy inferior a su valor real.

    ¿Te han denegado las prestaciones por discapacidad de la Seguridad Social?

    Si tu problema no es que un empleador te trate mal, sino que la Administración te deniega tu solicitud de SSDI o SSI, se trata de un caso diferente, y también nos ocupamos de ellos en todo el país. Con una sola llamada podremos aclarar cuál es tu situación: (888) 772-2529.

    Preguntas frecuentes

    Mi empresa dice que solo tiene unos pocos empleados, por lo que la ley no se aplica. ¿Es cierto? La FEHA se aplica a partir de 5 empleados, y las protecciones contra el acoso se aplican incluso a empresas más pequeñas. No te fíes de lo que te digan. Todavía estaba en mi periodo de prueba. ¿Tengo derechos? Sí. La FEHA protege a los solicitantes y a los nuevos empleados igual que a los que llevan más tiempo en la empresa. El empleo «a voluntad» no justifica la discriminación. Mi situación es temporal: una lesión de espalda que se está curando. ¿Estoy protegido? A menudo, sí. La amplia definición de California puede abarcar situaciones que limiten una actividad vital importante, aunque sea de forma temporal, y la obligación de tu empresa de realizar adaptaciones se aplicaba mientras tenías esa limitación. ¿Importa mi situación migratoria? No. La FEHA protege a todos los trabajadores de California independientemente de su estatus, y tu consulta es confidencial. Y si un empleador amenaza con denunciar tu estatus migratorio porque has hecho valer tus derechos, esa amenaza es en sí misma ilegal en California y supone un motivo más para presentar una demanda contra él. No estoy en Los Ángeles. ¿Aún así podéis llevar mi caso? Sí. La FEHA es una ley que rige en todo el estado y nos ocupamos de estos casos en toda California, con consultas por teléfono. ¿Cuánto cuesta? Nada por adelantado. Trabajamos con lo que se denomina «honorarios de contingencia», lo que significa que solo cobramos si conseguimos una indemnización para usted, y nuestros honorarios se deducen de dicha indemnización. Si no conseguimos nada, no nos debe nada. Y, en algunos casos, la legislación de California también permite que el tribunal ordene al empleador que pague sus honorarios de abogado además de la indemnización que usted reciba. Llame ahora al (888) 772-2529. Hablamos español, las 24 horas del día, los 7 días de la semana.


    Revisado por Shawn Abdi, abogado, de Abdi & Associates, Inc. Última revisión: 30 de agosto de 2026. Publicidad de un bufete de abogados. Esta página contiene información general, no constituye asesoramiento jurídico sobre su situación concreta. Los plazos legales tienen excepciones; consulte los que le corresponden con un abogado. Los resultados anteriores no garantizan resultados futuros.