Respuesta breve: un caso de lesiones catastróficas no es una versión a mayor escala de un caso de lesiones ordinario. Cuando una lesión es permanente y altera la vida del afectado, la mayor parte del dinero en juego no corresponde a la factura hospitalaria ya incurrida, sino al coste de los cuidados, el equipamiento, la vivienda y los ingresos perdidos durante el resto de la vida; y para demostrar esa cifra se necesita un planificador de cuidados de por vida, un economista y un experto vocacional, en lugar de una pila de recibos. California no cuenta con una ley específica que defina el concepto de «lesión catastrófica» en el ámbito civil, por lo que lo que importa es la prueba médica de la permanencia de la lesión y el trabajo realizado para identificar a todas las partes responsables y todas las pólizas de seguro. Abdi & Associates, Inc. ayuda a las personas que han sufrido lesiones catastróficas en toda California a comprender a qué tienen derecho y a dar los pasos adecuados mientras aún se conservan las pruebas. Consulta gratuita. Llame las 24 horas del día, los 7 días de la semana, en inglés y español: (888) 772-2529. No se cobran honorarios de abogado a menos que se obtenga una indemnización.
¿Qué se considera una lesión catastrófica?
En la práctica, una lesión catastrófica es aquella que altera de forma permanente lo que una persona puede hacer, dónde puede vivir y si puede trabajar. Se sitúa en el extremo más alejado del mismo marco legislativo de California en materia de lesiones personales que regula las reclamaciones ordinarias, pero las pruebas exigidas son diferentes. Las lesiones que suelen cumplir los requisitos son:
- Lesiones medulares y parálisis, incluidas la paraplejia, la tetraplejia y las lesiones incompletas que provocan debilidad permanente o disfunción intestinal y vesical.
- Lesiones cerebrales traumáticas graves, incluidas aquellas que provocan problemas cognitivos, conductuales o convulsivos permanentes.
- Amputación y pérdida de una extremidad, con toda una vida por delante de uso de prótesis y cirugías de revisión.
- Quemaduras graves, especialmente las de profundidad parcial y total que requieran injertos, con cicatrices permanentes y contracturas.
- Traumatismos múltiples y lesiones por aplastamiento, en los que se producen daños en varios sistemas del organismo a la vez y ningún diagnóstico concreto refleja la discapacidad.
- Pérdida de la vista o del oído, y otras pérdidas sensoriales permanentes.
- Lesiones ortopédicas graves que requieren cuidados de por vida, como las fracturas pélvicas y las fracturas articulares complejas, que dan lugar a repetidas intervenciones de revisión y a una artroplastia precoz.
En California no existe una definición única en el ámbito civil del término «catastrófico».
No existe ninguna ley de California que indique al jurado qué lesiones se consideran catastróficas en una demanda por daños personales. El término es descriptivo, no jurídico. Lo más parecido a una definición legal se encuentra en el sistema de indemnización por accidentes de trabajo, donde la subdivisión (c)(2)(B) del artículo 4660.1 del Código Laboral se refiere a «una lesión catastrófica, que incluye, entre otras cosas, la pérdida de una extremidad, la parálisis, una quemadura grave o un traumatismo craneoencefálico grave». Esa definición rige cuándo se permite un aumento de la calificación de discapacidad psiquiátrica en una reclamación de indemnización por accidente laboral. No es aplicable a un caso civil. Lo que rige un caso civil son las pruebas médicas de carácter permanente y el valor monetario de las consecuencias futuras que ello conlleva.
Por qué los casos catastróficos se estructuran de forma diferente
En una reclamación rutinaria, las facturas médicas anteriores y unos pocos meses de baja laboral constituyen la mayor parte de la pérdida. En una reclamación por siniestro catastrófico, las facturas anteriores pueden suponer solo una pequeña fracción del total y lo único que importa es el futuro. Esto cambia el trabajo de tres maneras.
- Los daños y perjuicios deben calcularse de forma prospectiva, no sumarse. En California, los daños y perjuicios por responsabilidad civil se definen como «la cantidad que compensará todo el perjuicio causado de forma inmediata» por la infracción, «independientemente de si se podía prever o no» (Código Civil, art. 3333). En el caso de una lesión permanente, ese perjuicio se prolonga durante décadas y debe calcularse elemento por elemento.
- Los expertos se encargan de la evaluación. Los médicos tratantes determinan la permanencia; un planificador de cuidados de por vida lo convierte en un plan anual que incluye cirugías, terapia, cuidados de asistencia, equipamiento, prótesis, adaptaciones en el hogar y transporte accesible; un experto en orientación laboral determina qué tipo de trabajo sigue siendo posible; y un economista calcula el coste de todo ello y actualiza el valor futuro al valor actual, que es lo que se indica a los miembros del jurado de California que hagan según los CACI n.º 3904A y 3904B.
- La cobertura se convierte en el límite máximo. Un veredicto solo vale lo que se pueda cobrar. El valor realista suele venir determinado por el número de partes responsables y de pólizas que encuentre el abogado, y no por lo grave que sea la lesión.
Las indemnizaciones que permite la legislación de California y las instrucciones que las definen
Los miembros del jurado de California determinan la indemnización por daños y perjuicios basándose en las Instrucciones Civiles para el Jurado del Consejo Judicial de California. La serie CACI 3900 es la exposición más clara que existe sobre lo que puede reclamar una persona que haya sufrido lesiones catastróficas.
| A qué sirve | Instrucciones al jurado |
|---|---|
| Las categorías de perjuicio económico, en general | CACI n.º 3903, Partidas de daños económicos |
| La asistencia médica pasada y futura, incluyendo cirugías, terapias, medicación, equipos y cuidados de asistencia, que la persona tenga motivos razonables para creer que necesitará | CACI n.º 3903A, Gastos médicos, pasados y futuros |
| Salarios y prestaciones ya perdidos y cuya pérdida sea razonablemente segura | CACI n.º 3903C, Ingresos perdidos pasados y futuros |
| La disminución de la capacidad de obtener ingresos, aunque la persona siga trabajando | CACI n.º 3903D, Pérdida de capacidad de ingresos |
| Tareas domésticas que la persona lesionada ya no puede realizar, como el cuidado de los niños, cocinar, limpiar y trabajar en el jardín | CACI n.º 3903E, Pérdida de la capacidad para realizar tareas domésticas |
| Conversión de las pérdidas futuras a dólares actuales | N.º 3904A y 3904B de CACI: Valor actual y uso de las tablas de valor actual |
| Dolor físico, sufrimiento mental y angustia emocional, tanto pasados como futuros | CACI n.º 3905A, Dolor físico, sufrimiento mental y angustia emocional |
| La pérdida por parte de uno de los cónyuges de la compañía, el afecto y el apoyo del otro | CACI n.º 3920, Pérdida de la vida conyugal |
| Cuánto tiempo se prevé que se prolonguen las pérdidas futuras | CACI n.º 3932, Esperanza de vida |
Las adaptaciones en el hogar, un vehículo adaptado, la asistencia de un cuidador y los ciclos de sustitución de equipos no son categorías jurídicas independientes. Se acreditan como cuidados futuros en virtud de la norma CACI n.º 3903A, que exige pruebas del coste razonable de los cuidados razonablemente necesarios que la persona, con un grado razonable de certeza, necesitará. Por eso es tan importante el plan de cuidados de por vida: sin él, el jurado no dispone de ninguna cifra que pueda utilizar.
Si un médico te ha dicho a ti o a algún familiar que una lesión es permanente, pide asesoramiento antes de hablar con una aseguradora. Llama al (888) 772-2529, disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana, en inglés o en español.
¿Existe un límite máximo para las indemnizaciones por daños y perjuicios en California?
En la mayoría de las reclamaciones por lesiones, no. En California no existe un límite máximo para las indemnizaciones por daños y perjuicios en los casos de negligencia ordinaria contra conductores, empresas de transporte, propietarios de inmuebles, fabricantes de productos o contratistas. Sin embargo, hay varias normas que determinan qué se puede reclamar.
- La negligencia médica es la excepción. Cuando la lesión ha sido causada por la negligencia profesional de un proveedor de asistencia sanitaria, el artículo 3333.2 del Código Civil establece un límite máximo para los daños no económicos. Según la enmienda introducida por la ley AB 35, el límite máximo para los casos que no sean de muerte por negligencia comenzó en 350 000 dólares y aumenta en 40 000 dólares cada 1 de enero durante diez años, hasta alcanzar los 750 000 dólares; en el caso de la muerte por negligencia, partía de 500 000 dólares y aumenta en 50 000 dólares cada 1 de enero hasta alcanzar 1 000 000 de dólares, con un ajuste anual del 2 % a partir del 1 de enero de 2034. La cifra aplicable depende del año, por lo que conviene confirmar el importe actual en lugar de darlo por sentado. Los daños económicos, incluida la asistencia médica futura y la pérdida de ingresos, no están sujetos a ningún límite en virtud de dicha ley.
- Los daños no económicos son individuales, no solidarios. En virtud de la Proposición 51, artículo 1431.2 del Código Civil, cada demandado es responsable de los daños no económicos únicamente en proporción a su propia cuota de culpa. Los daños económicos se tratan de forma diferente, lo que constituye otra razón por la que el aspecto económico de un caso de catástrofe merece la mayor atención.
- Culpa comparativa pura. California reduce la indemnización en función del porcentaje de responsabilidad de la propia persona lesionada, pero no impide que esta obtenga una indemnización, por muy alto que sea dicho porcentaje (CACI n.º 405, de conformidad con Li v. Yellow Cab Co. (1975) 13 Cal.3d 804). Tener parte de la culpa no es motivo para dejar de acudir a una consulta.
- Propuesta 213. En virtud del artículo 3333.4 del Código Civil, el propietario o conductor de un vehículo sin seguro, así como el conductor condenado por conducir bajo los efectos del alcohol en el mismo accidente, no pueden, por regla general, reclamar daños no económicos en un caso de accidente de tráfico. Los daños económicos siguen siendo reclamables, y la ley prevé una excepción en el caso de que el propietario sin seguro haya resultado herido por culpa de un conductor condenado por conducir bajo los efectos del alcohol.
- Indemnización punitiva. Cuando la conducta haya sido más grave que una simple negligencia, el artículo 3294 del Código Civil permite la concesión de una indemnización punitiva si se aportan pruebas claras y convincentes de opresión, fraude o malicia, incluida «una conducta despreciable llevada a cabo por el demandado con un desprecio deliberado y consciente de los derechos o la seguridad de los demás».
¿Quién es el responsable y de dónde procede realmente el dinero?
Localizar a todos los demandados es la tarea de mayor importancia en un caso de catástrofe, ya que cada uno de ellos puede aportar una fuente de seguro independiente. Entre las fuentes habituales de responsabilidad se incluyen:
- El conductor negligente y la empresa para la que trabajaba el conductor en ese momento. Cuando el conductor estaba realizando un viaje con Uber o Lyft, la póliza comercial de la empresa de transporte compartido entra en juego; consulta cómo funciona la cobertura cuando está implicado un conductor de Uber o Lyft.
- Empresas de transporte, agentes de transporte y expedidores implicados en accidentes en los que se ven involucrados camiones comerciales.
- Los propietarios, administradores e inquilinos que hayan permitido que se produzca una situación de peligro.
- Fabricantes, distribuidores y vendedores de un producto o una máquina defectuosos.
- Contratistas generales, subcontratistas y propietarios de maquinaria en una obra.
- Entidades públicas, por un estado de peligro en un bien público. El artículo 835 del Código de Gobierno establece la responsabilidad cuando el bien se encontraba en un estado de peligro que fue la causa inmediata de la lesión, el riesgo de que se produjera ese tipo de lesión era razonablemente previsible y, o bien un empleado provocó dicho estado, o bien la entidad tuvo conocimiento de ello con tiempo suficiente para subsanarlo.
El seguro es lo que hace que una sentencia sea ejecutable
Un caso catastrófico suele requerir la acumulación de coberturas procedentes de más de una fuente: la póliza de responsabilidad civil de automóviles del conductor culpable, la póliza de automóvil comercial o de responsabilidad civil general comercial de una empresa, las coberturas de exceso y de protección global, la cobertura de asegurado adicional de un contratista, la cobertura de responsabilidad por productos defectuosos de un fabricante y la propia cobertura de conductor sin seguro o con seguro insuficiente de la persona lesionada. Según el artículo 11580.2 del Código de Seguros, la cobertura de conductores sin seguro debe ofrecerse junto con las pólizas de responsabilidad civil por daños corporales de California, a menos que se excluya por escrito, y la cobertura de conductores con seguro insuficiente, por lo general, solo se aplica una vez agotados los límites de responsabilidad del conductor culpable, reduciéndose los límites de la cobertura de conductores con seguro insuficiente en la cantidad que haya pagado la aseguradora de responsabilidad civil. Identificar estas pólizas y tramitarlas en el orden correcto, con las exenciones adecuadas, suele marcar la diferencia entre una indemnización parcial y una indemnización completa.
Si la lesión se produjo en el trabajo
Una lesión catastrófica sufrida en el trabajo suele dar lugar a dos reclamaciones simultáneas. La indemnización por accidente de trabajo es, por lo general, el recurso exclusivo frente al empresario (Código Laboral, artículos 3600 y 3602), y cubre los gastos médicos y las prestaciones por incapacidad independientemente de la culpa, pero no indemniza por daños morales ni por la pérdida total de ingresos. El artículo 3852 del Código Laboral preserva el derecho del trabajador a demandar a un tercero negligente que no sea el empresario, y otorga al empresario o a su aseguradora el derecho a que se les reembolse con cargo a dicha indemnización. Por eso, ambos procesos deben coordinarse en lugar de tramitarse por separado. Nos encargamos de las reclamaciones de indemnización por accidente laboral de forma interna, y la parte civil se trata en nuestra página sobre la reclamación a terceros tras un accidente laboral.
Prestaciones por discapacidad de la Seguridad Social y otras prestaciones
Una lesión catastrófica suele considerarse una discapacidad según las normas de la Seguridad Social, y el SSDI o el SSI pueden proporcionar ingresos y, con el tiempo, cobertura sanitaria mientras la reclamación por la lesión está pendiente. Estas prestaciones son independientes del caso de la lesión y las decide la Administración de la Seguridad Social según sus propios criterios. Nos encargamos internamente de las solicitudes de prestaciones por discapacidad de la Seguridad Social, por lo que ambos procesos pueden gestionarse de forma conjunta. Cuando la lesión es mortal, la reclamación de la familia se tramita como una demanda por homicidio culposo, con sus propias normas sobre quién puede demandar y qué indemnizaciones pueden obtenerse.
Los elementos probatorios en los que se basa un caso de catástrofe
- Historiales médicos completos y pruebas de diagnóstico por imagen, desde el servicio de urgencias hasta cada hospitalización, intervención quirúrgica, estancia de rehabilitación y visita ambulatoria.
- Opiniones de los especialistas que llevan el caso sobre la permanencia, una posible intervención quirúrgica futura y el nivel de asistencia necesario. Los médicos que llevan el caso suelen ser más persuasivos que los peritos designados.
- Un plan de atención integral vinculado a esas valoraciones médicas y con un precio adaptado a la región en la que la persona vaya a vivir realmente.
- Una evaluación profesional y un informe económico en los que se determine qué trabajo sigue siendo viable y se actualicen al valor actual el plan, los ingresos no percibidos y la pérdida de servicios domésticos.
- La reconstrucción de accidentes y las pruebas recogidas en el lugar de los hechos, como los registradores de datos de los vehículos, las grabaciones de las cámaras de vigilancia y las pruebas materiales, pueden desaparecer rápidamente.
- Enviar cartas de conservación a todas las empresas, propietarios de inmuebles o entidades públicas que puedan tener pruebas, para que se detenga la destrucción rutinaria lícita.
- Testimonios previos y posteriores de familiares, compañeros de trabajo y amigos, que suelen constituir las pruebas no económicas más contundentes del caso.
Plazos que dan por concluida una reclamación por daños catastróficos
| Situación | Fecha límite | Autoridad |
|---|---|---|
| Lesiones causadas por un particular o una empresa | Dos años a partir de la fecha de la lesión | Código de Procedimiento Civil, artículo 335.1 |
| Muerte causada por un acto ilícito | Dos años a partir de la fecha del fallecimiento | Código de Procedimiento Civil, artículo 335.1 |
| Reclamación contra un ayuntamiento, una comarca, un distrito escolar, una empresa de transporte público o la Administración del Estado | Seis meses desde el momento en que se devenga el derecho hasta la presentación de una reclamación por escrito ante la Administración | Código de Gobierno, artículo 911.2 |
| Demanda tras el rechazo de una reclamación al Estado | Seis meses a partir del envío por correo o la entrega de la notificación de denegación por escrito; dos años a partir de la fecha de devengo si no se envía ninguna notificación por escrito. | Código de Gobierno, artículo 945.6 |
| Lesiones causadas por negligencia médica | Un año a partir del descubrimiento o tres años a partir de la lesión, lo que ocurra primero, con una suspensión limitada del plazo en caso de fraude, ocultación o presencia de un cuerpo extraño. | Código de Procedimiento Civil, art. 340.5 |
| La persona herida era menor de 18 años | Por lo general, no se tiene en cuenta el período de minoría de edad, pero esto no se aplica a las reclamaciones contra la Administración pública, y las reclamaciones por negligencia médica se rigen por su propia normativa específica en materia de minoría de edad. | Código de Procedimiento Civil, artículos 352 y 340.5 |
El plazo de seis meses para presentar una reclamación al Gobierno es el que más a menudo se incumple en los casos graves, ya que las familias se centran en la UCI en lugar de en los trámites burocráticos. Los plazos admiten excepciones en ambos sentidos, así que confirma las fechas con un abogado en lugar de dar nada por sentado.
Qué puedes esperar, fase por fase
| Fase | ¿Qué ocurre? |
|---|---|
| Estabilización e investigación | Se envían las cartas de preservación, se inspeccionan el lugar de los hechos y los vehículos, se localiza a los testigos, se determina el alcance de la cobertura y se presenta una reclamación ante la administración pública si pudiera estar implicada una entidad pública. |
| Evolución del tratamiento y de los daños | El tratamiento continúa hasta que los médicos puedan determinar qué secuelas son permanentes. Se elaboran el plan de cuidados de por vida, la evaluación profesional y el análisis económico. |
| Demanda y negociación | Una reclamación documentada —a menudo una reclamación por el importe máximo de la póliza— se remite a cada aseguradora, respaldada por el apoyo médico y pericial correspondiente. |
| Litigios | Si el caso no se resuelve, se interpone una demanda, se lleva a cabo la fase de presentación de pruebas y las declaraciones, se realizan los reconocimientos médicos de la defensa y se intercambian los peritos. |
| Resolución | Mediación, acuerdo o juicio, seguidos de la resolución de derechos de retención y, cuando proceda, la planificación de indemnizaciones estructuradas. |
Nadie puede prometer con certeza cuánto tiempo llevará esto. Los casos graves suelen prolongarse más que los habituales, sobre todo porque es necesario que el cuadro clínico se estabilice antes de que se pueda determinar el pronóstico.
Cómo evalúan y defienden las aseguradoras las reclamaciones por siniestros catastróficos
Una exposición significativa modifica el comportamiento de las aseguradoras. Hay que prever lo siguiente y planificarlo con antelación, en lugar de reaccionar a ello.
- Una oferta anticipada, realizada antes de que se haya completado el diagnóstico. Se presenta cuando aún se desconoce el coste futuro, que es precisamente el momento en el que la reclamación tiene el menor valor.
- Una solicitud de declaración grabada y autorizaciones médicas amplias, que se utilizan para detectar enfermedades preexistentes e incoherencias. Pide consejo antes de dar tu consentimiento.
- Vigilancia y análisis de las redes sociales. Se utiliza un único vídeo de un día en el que todo salió bien para argumentar que las limitaciones son exageradas.
- Un reconocimiento médico de la defensa, en el que, por lo general, un médico designado por la defensa opina que se necesitará menos atención médica en el futuro y que parte de la afección es degenerativa o preexistente.
- Se cuestionan el plan de atención vitalicia y el informe económico, poniéndose en duda la frecuencia de la atención, la base de cálculo de los costes, la tasa de descuento y la esperanza de vida. Un plan estrechamente vinculado a los médicos responsables del tratamiento resiste mejor estas críticas.
- Reparto de la culpa. En virtud de la Proposición 51, la defensa tiene un interés económico en culpar a las partes ausentes y a la persona lesionada, por lo que la culpa comparativa es objeto de un intenso litigio.
Una póliza bien documentada que limite la indemnización, presentada en un plazo razonable, ejerce una presión real sobre una aseguradora que está exponiendo a su propio asegurado a una sentencia por un importe superior a los límites establecidos.
Lo que la familia debe saber
Las lesiones catastróficas afectan a toda la familia. El cónyuge casado tiene derecho a una indemnización independiente por pérdida de consorcio, es decir, la pérdida de compañía, afecto, apoyo moral y relación física, que el jurado valora con arreglo a la norma CACI n.º 3920. Esta indemnización corresponde al cónyuge y no es un complemento de la indemnización de la persona lesionada.
Cuando la persona lesionada no puede tomar decisiones médicas o financieras, la legislación de California permite que un tribunal nombre a un curador: de la persona, para alguien incapaz de atender adecuadamente sus necesidades personales, como la salud física, la alimentación, el vestido o el alojamiento; y del patrimonio, para alguien que se encuentre sustancialmente incapacitado para gestionar sus recursos financieros o para defenderse del fraude o la influencia indebida (Código Sucesorio, art. 1801). La necesidad de dar ese paso es una cuestión que debe resolver un abogado especializado en sucesiones, y esta página no constituye asesoramiento sobre la tutela ni sobre la planificación patrimonial. Lo que importa para el caso de lesiones es que alguien con autoridad legal debe poder firmar antes de que se pueda llegar a un acuerdo sobre la reclamación.
Las familias también deberían llevar un diario sencillo desde el principio: qué cuidados se necesitan cada día, quién los proporciona, qué cosas ya no puede hacer la persona lesionada y qué gastos se han pagado de su propio bolsillo. Ese registro servirá más adelante como prueba de los cuidados asistenciales y los servicios domésticos.
Cómo puede ayudarte Abdi & Associates
Abdi & Associates, Inc. presta asistencia a personas que han sufrido lesiones graves en toda California, incluidos el condado de Los Ángeles y el resto de condados del estado. Las consultas son gratuitas, confidenciales y se realizan por teléfono o videoconferencia, y no se cobra honorario alguno a menos que se obtenga una indemnización. Los asuntos relacionados con lesiones personales se gestionan en colaboración con abogados asociados aprobados por el bufete cuando ello redunda en beneficio del cliente, mientras que las reclamaciones de indemnización laboral y de incapacidad de la Seguridad Social se gestionan internamente, lo cual es importante cuando un mismo incidente da lugar a las tres reclamaciones.
En la primera llamada le preguntaremos qué ha ocurrido, qué han dicho los médicos sobre la permanencia, si había alguien trabajando en ese momento, si podría estar implicado un vehículo de una entidad pública o comercial, y qué información tiene sobre el seguro. A partir de ahí, podremos indicarle qué plazos ya han comenzado a correr, qué pruebas deben conservarse esta semana y cuál es la estructura realista del caso. Si aceptamos el asunto, los pasos inmediatos son enviar cartas de conservación de pruebas, realizar una investigación sobre la cobertura del seguro, presentar una reclamación ante la administración pública si es necesario y organizar el historial médico para poder trazar un panorama de la atención futura tan pronto como la evolución médica lo permita. Si consideramos que no somos los más adecuados para su caso, se lo diremos durante esa misma llamada.
Preguntas frecuentes
¿Qué se considera una lesión catastrófica en California?
No existe ninguna norma civil que lo defina. En la práctica, se refiere a una lesión permanente que altera la vida, como una lesión medular o una parálisis, un traumatismo craneoencefálico grave, una amputación, quemaduras graves, un traumatismo por aplastamiento grave o un traumatismo múltiple, o la pérdida de la vista o la audición. El artículo 4660.1 del Código Laboral utiliza esta expresión y ofrece ejemplos como la pérdida de una extremidad, la parálisis, las quemaduras graves y los traumatismos craneales graves, pero dicha definición se aplica a la indemnización por accidente de trabajo, no a una demanda civil.
¿Cuánto vale un caso de lesiones graves?
Depende del coste de la asistencia médica y de los cuidados futuros, de la pérdida de capacidad de generar ingresos, de la claridad de la responsabilidad y de la cuantía del seguro y del número de demandados solventes que existan. Cualquiera que te dé una cifra antes de que se haya elaborado el plan de cuidados de por vida y se haya llevado a cabo la investigación sobre la cobertura está haciendo conjeturas. No ofrecemos estimaciones sobre el valor de los acuerdos y no se puede prometer ningún resultado.
¿De cuánto tiempo dispongo para presentar la solicitud?
Por lo general, dos años a partir de la fecha de la lesión, según el artículo 335.1 del Código de Procedimiento Civil. Si una entidad pública pudiera ser responsable, solo dispones de seis meses para presentar una reclamación por escrito contra la Administración, según el artículo 911.2 del Código de la Administración. La negligencia médica tiene su propio plazo más breve, según el artículo 340.5. Existen excepciones, por lo que debes confirmar tus propios plazos con un abogado.
¿Y si la lesión se hubiera producido en el trabajo?
Es probable que tengas derecho a presentar una reclamación de indemnización laboral contra el empresario y, por separado, una reclamación civil contra cualquier tercero negligente, como un conductor, un contratista general, el propietario de un equipo o el fabricante de un producto. El artículo 3852 del Código Laboral preserva esa reclamación contra terceros y otorga a la aseguradora de indemnización laboral derechos de reembolso con cargo a la indemnización obtenida, por lo que ambas reclamaciones deben coordinarse desde el principio.
¿Pueden los familiares reclamar alguna indemnización?
El cónyuge casado tiene derecho a reclamar por pérdida de la vida en común, cuyo valor se calcula con arreglo a la norma CACI n.º 3920. Los familiares que prestan cuidados de asistencia y ayuda doméstica también aportan pruebas que respaldan la indemnización por cuidados futuros de la persona lesionada. Si la lesión es mortal, los herederos legales pueden interponer, en su lugar, una demanda por homicidio culposo.
¿Qué es un plan de cuidados de por vida? ¿Lo necesito?
Se trata de una previsión por escrito, año por año, de la asistencia médica, la terapia, la medicación, el equipamiento, los cuidados de asistencia, las adaptaciones en el hogar y el transporte que necesitará una persona con lesiones permanentes, elaborada por un planificador cualificado y con los precios correspondientes a la región de dicha persona. En un caso de lesiones catastróficas suele ser imprescindible, ya que los miembros del jurado solo pueden conceder una indemnización por los gastos médicos futuros cuando existan pruebas de que se trata de una asistencia razonablemente necesaria y de la que la persona tenga una certeza razonable de que la necesitará.
¿Y si el conductor culpable solo tiene un seguro mínimo?
Es algo habitual, y es motivo para seguir buscando con más ahínco en lugar de rendirse. Puede que exista una póliza de la empresa si el conductor estaba trabajando, una póliza de cobertura global o de franquicia, una póliza de responsabilidad civil general comercial, una reclamación relacionada con el producto o el diseño de la carretera, y tu propia cobertura para conductores sin seguro o con seguro insuficiente, en virtud del artículo 11580.2 del Código de Seguros, que suele aplicarse una vez agotados los límites de la póliza del conductor culpable. El orden en que se llegan a los acuerdos es importante, así que busca asesoramiento antes de aceptar cualquier oferta que se ajuste a los límites de la póliza.
¿Tengo que acudir al juzgado?
La mayoría de los casos se resuelven sin llegar a juicio, a menudo mediante mediación, pero un caso de daños graves debe prepararse como si fuera a ser juzgado. Las aseguradoras evalúan los casos basándose en lo que creen que decidiría un tribunal, por lo que la preparación para el juicio es también lo que da lugar a ofertas de acuerdo serias.
¿Cuánto cuesta contratar a un abogado?
La consulta es gratuita, y los asuntos relacionados con lesiones personales se gestionan en régimen de honorarios contingentes: no se cobran honorarios de abogado a menos que se obtenga una indemnización. Los gastos del caso, como los honorarios de los peritos y los gastos de documentación, se explican por escrito antes de que firme nada. Los honorarios en materia de indemnización por accidente laboral son diferentes, ya que los fija y aprueba un juez especializado en la materia y se pagan con cargo a la indemnización concedida.
¿Se ocupan de casos fuera de Los Ángeles?
Sí. Abdi & Associates ayuda a personas que han sufrido lesiones graves en toda California, ofreciendo consultas por teléfono o videollamada, para que nadie tenga que desplazarse mientras un familiar se está recuperando.
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Fuentes primarias: Código Civil de California, artículos 1431.2, 3294, 3333, 3333.2 y 3333.4; Código de Procedimiento Civil de California, artículos 335.1, 340.5 y 352; Código de Gobierno de California, artículos 835, 911.2 y 945.6; Código Laboral de California, artículos 3600, 3602, 3852 y 4660.1; Código de Seguros de California, artículo 11580.2; Código Sucesorio de California, artículo 1801; Instrucciones del Consejo Judicial de California para el jurado civil (CACI) n.º 405, 3903, 3903A, 3903C, 3903D, 3903E, 3904A, 3904B, 3905A, 3920, 3932; Li contra Yellow Cab Co. (1975) 13 Cal.3d 804.
Revisado por Shawn Abdi, abogado, de Abdi & Associates, Inc. Publicado: 9 de septiembre de 2026. Publicidad de un abogado. Esta página contiene información general, no constituye asesoramiento jurídico sobre su situación concreta. Los plazos legales tienen excepciones; consulte los que le corresponden con un abogado. Los resultados anteriores no garantizan resultados futuros.
