Respuesta breve: busca asistencia médica de inmediato, denuncia el accidente, documenta todo, no prestes declaración grabada ante la aseguradora del otro conductor y conoce los plazos: por lo general, dispones de dos años para presentar una demanda por daños personales (Código de Procedimiento Civil de California, art. 335.1), pero solo seis meses para presentar una reclamación contra la administración pública si está implicada una entidad pública (Código de Gobierno, art. 911.2). Existen excepciones en ambos casos, por lo que conviene confirmar el plazo exacto con un abogado.
En el lugar de los hechos
Comprueba si hay heridos y llama al 911; el atestado policial es una prueba clave, y la legislación de California exige notificar a las fuerzas del orden los accidentes que impliquen lesiones o fallecimientos. Intercambia los datos del carné de conducir, la matrícula y el seguro con todos los conductores implicados. Fotografía la posición de los vehículos antes de que se muevan, si es seguro hacerlo, y a continuación los daños, las marcas de derrape, las señales, el estado de la carretera y tus lesiones visibles. Anota los nombres y números de teléfono de los testigos antes de que se marchen; pedirles esta información en el lugar del accidente, en tan solo 30 segundos, suele marcar la diferencia entre un caso demostrable y una disputa en la que tu palabra se enfrenta a la de los demás.
Al margen del atestado policial, en California es obligatorio notificar al DMV, en un plazo de 10 días y mediante el formulario SR-1, los accidentes que provoquen lesiones, fallecimientos o daños materiales superiores a 1.000 dólares. Tu abogado o tu aseguradora pueden ayudarte a presentarlo; si no lo haces, corres el riesgo de perder el carné, incluso si el accidente no fue culpa tuya.
Durante las primeras 72 horas
Acude al médico aunque te «sientas bien». Las lesiones en los tejidos blandos, las conmociones cerebrales y las lesiones internas suelen manifestarse días después de un accidente, cuando la adrenalina desaparece. Esto es importante desde el punto de vista médico y también para tu reclamación: el tiempo transcurrido entre el accidente y el primer tratamiento es el único dato que los peritos de seguros utilizan con mayor frecuencia para restar valor a las lesiones. Si un médico te recomienda un seguimiento, fisioterapia o pruebas de imagen, acude a las citas; si no acudes, se interpretará como que «en realidad no estás lesionado».
Notifica a tu propia compañía de seguros lo antes posible; tu póliza exige que colabores con tu propia aseguradora (esto es distinto a hablar con la aseguradora del otro conductor; véase más abajo). Solicita el número del informe policial si aún no lo tienes.
Durante las primeras semanas
Crea un archivo y guarda todo en un mismo lugar: fotos, el número de expediente, historiales médicos y facturas, recetas, recibos de cualquier gasto derivado del accidente, el kilometraje recorrido para acudir a las citas y un sencillo registro de los días de trabajo perdidos y de cómo tus lesiones afectan a tu vida cotidiana. Si tu caso implica un camión comercial, un vehículo de transporte compartido o un vehículo oficial, es necesario enviar rápidamente las cartas de conservación de pruebas, ya que las grabaciones de las cámaras de salpicadero, los registros de conducción y los registros de mantenimiento suelen sobrescribirse en cuestión de semanas.
Lo que no hay que hacer
- No prestes declaración grabada a la compañía de seguros del otro conductor. No tienes ninguna obligación de hacerlo, y los peritos están entrenados para que te quedes atado a una redacción que perjudique tu reclamación más adelante.
- No aceptes un acuerdo rápido antes de conocer el alcance total de tus lesiones. Las ofertas tempranas se producen precisamente porque una renuncia firmada pone fin a la reclamación de forma definitiva, incluso en el caso de lesiones que aún no hayas detectado.
- No publiques nada sobre el accidente en las redes sociales. Los peritos de la aseguradora y los abogados lo comprueban. Una sola foto en el gimnasio puede utilizarse en tu contra si tienes una lesión de espalda real.
- No des por sentado que una culpa parcial echa por tierra tu caso. California aplica el principio de negligencia comparativa pura: tu indemnización se reduce en función de tu porcentaje de culpa, pero incluso un conductor que tenga la mayor parte de la culpa puede recuperar el resto.
- No esperes a que se acerque la fecha límite para pedir consejo. Los casos se refuerzan con una investigación temprana y se debilitan con cada semana de retraso.
Los plazos que ponen fin a los expedientes
- Plazo de dos años desde el accidente para presentar una demanda por daños personales (CCP § 335.1)
- Se dispone de seis meses para presentar una reclamación contra una entidad municipal, comarcal o estatal (Código de Gobierno, art. 911.2); esto suele pillar desprevenidas a muchas personas: accidentes de autobús, vehículos municipales, condiciones peligrosas de la calzada, caídas en las aceras
- Tres años por daños materiales (art. 338 del Código de Procedimiento Penal)
- Diez días para el informe SR-1 de la DMV
- Los plazos de las pólizas de seguro para las reclamaciones por cobertura UM/UIM pueden ser más cortos que cualquiera de los mencionados; lee tu póliza o pide a un abogado que la revise.
Hay excepciones que pueden ampliar algunos plazos, por ejemplo, en el caso de menores de edad o cuando una lesión se descubre más tarde, y otras que pueden acortar el plazo disponible. La única forma fiable de conocer tu plazo es que un abogado lo confirme basándose en los hechos de tu caso.
Cómo funcionan realmente la responsabilidad por culpa y el pago en California
California es un estado que aplica el principio de responsabilidad por culpa: el conductor negligente (a través de su aseguradora) paga por los daños que causa. Desde 2025, las pólizas mínimas de responsabilidad civil son de 30 000 dólares por persona lesionada y 60 000 dólares por accidente, lo que a menudo es muy inferior al coste de una lesión grave. Por eso, una evaluación real del caso va más allá de la póliza del otro conductor: tu propia cobertura para conductores sin seguro o con seguro insuficiente (UM/UIM), MedPay, la responsabilidad del empleador si alguno de los conductores estaba trabajando y los defectos del vehículo o de la carretera pueden ser fuentes de indemnización. Si el conductor culpable se dio a la fuga o no tenía seguro, tu cobertura UM puede entrar en acción, y utilizarla para un accidente del que no eres responsable no debería aumentar tu prima. La misma cobertura UM se aplica si, como peatón, te atropella un conductor sin seguro o que se da a la fuga.
Cuándo hay que acudir a un abogado
Si alguien ha resultado herido, si existe controversia sobre la responsabilidad, si está implicado un vehículo comercial o una entidad pública, o si la aseguradora te está presionando para que llegues a un acuerdo, habla con un abogado antes de firmar nada. Las consultas son gratuitas y los abogados especializados en lesiones personales trabajan a comisión: no cobran honorarios a menos que obtengas una indemnización. Trae todo lo que tengas (fotos, número de parte, historiales médicos de las visitas realizadas hasta ahora); un abogado podrá completar la información a partir de ahí.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que hablar con la compañía de seguros del otro conductor? No. Puedes negarte educadamente y remitirlos a tu abogado. Sí que tienes que colaborar con tu propia aseguradora.
La aseguradora ya me ha ofrecido dinero, ¿debería aceptarlo? No lo hagas hasta que conozcas el alcance total de tus lesiones y el valor de tu caso. Una renuncia a reclamaciones es definitiva.
¿Y si el otro conductor no tuviera seguro o se hubiera dado a la fuga? Es posible que tu propia cobertura UM te indemnice. Consulta tu póliza antes de dar por hecho que no tienes ningún caso.
¿Y si tuviera parte de la culpa? Aún así, puedes obtener una indemnización en virtud de la norma de negligencia comparativa de California, que se reducirá en función de tu parte de culpa.
¿Qué pasa si sufro una lesión mientras conduzco por motivos de trabajo? Es posible que tengas derecho tanto a una indemnización por accidente laboral como a presentar una demanda por daños personales contra el conductor culpable. Ambos asuntos están relacionados, así que pide asesoramiento antes de llegar a un acuerdo en cualquiera de ellos.
Revisado por Shawn Abdi, abogado, de Abdi & Associates, Inc. Última revisión: 31 de agosto de 2026.
Publicidad de un abogado. Esta guía ofrece información general, no asesoramiento jurídico sobre su situación concreta. Los plazos legales tienen excepciones; consulte los que le corresponden con un abogado. Los resultados anteriores no garantizan resultados futuros.
Ver también: nuestra página sobre abogados especializados en accidentes de tráfico en Los Ángeles y nuestra guía general sobre lesiones personales.
